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Historia

 

Página Principal del Euro

 
 


Preliminar

La constitución de una unión económica y monetaria ha estado presente a lo largo de la historia de la Unión Europea. Han sido motivos de política interna y de conveniencia los que en un determinado sistema de relaciones internacionales contribuyeron a disimular la importancia de una decisión como la referida a la creación de una moneda única aceptada por todos los países de la Unión. Han sido los cambios en uno u otro escenario los que han empujado a la toma de decisiones.


Situación mundial en los años 20

En la segunda década del siglo XX, el final de la Primera Guerra Mundial, con la exaltación de los nacionalismos que exigían una fuerte protección que beneficiara a la producción nacional con vistas a las tareas de reconstrucción, marcó también el del sistema librecambista que desde finales del siglo XIX había inspirado el comercio internacional y que había sido posible, fundamentalmente, gracias al patrón oro y la correlativa estabilidad monetaria de las diversas divisas. Rasgos característicos de este sistema fueron las fuertes reducciones arancelarias, la ausencia de intervencionismo administrativo y la igualdad de trato entre mercancías nacionales y extranjeras.

El final del conflicto llevó aparejadas fuertes subidas de la protección arancelaria de los países así como restricciones cuantitativas, acuerdos clearing, prácticas comerciales restrictivas y desleales y el establecimiento de controles de cambio. Las crisis económicas de los años veinte culminan esta cascada de despropósitos. De la magnitud de las crisis puede ser ejemplo considerar que el marco alemán pasa en 1922 y en un corto período de tiempo de valer 1 dólar = 162 marcos a 1 dólar = 7000 marcos, con un desplome definitivo en 1923.
(Como se indica más adelante la parquedad a las menciones a la unión monetaria en el Tratado de Roma de 1957 que crea la CEE derivan de la creación del Sistema Monetario Internacional tras la Segunda Guerra Mundial). 
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Los acuerdos de Bretton Woods
Para evitar los desastres y efectos nefastos de las políticas nacionales de empobrecimiento del vecino para asegurar el pleno empleo propio, unidos a la gran depresión de 1929, que mostraron la necesidad del intervencionismo del Estado para salir de las crisis económicas, se aconsejó planificar la política a seguir a partir del día siguiente a la finalización de la Segunda Gran Guerra. Durante los años 1943 y 1944 tuvieron lugar reuniones entre funcionarios británicos y norteamericanos, dirigidos respectivamente por Keynes y White. 

Las conclusiones de estas reuniones se plasmaron en los famosos acuerdos de Bretton Woods (New Hamsphire, EUA). La solución dada a los problemas de estabilidad monetaria y de financiación internacionales se encontró en la creación de instituciones de cooperación multilateral, especialmente el Fondo Monetario Internacional (FMI), destinado a actuar en el ámbito monetario, el Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo (Banco Mundial) orientado a la movilización de recursos de inversiones a largo plazo, y el Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (GATT) encargado de la liberalización de los intercambios comerciales, que vieron la luz, respectivamente, en 1944 las dos primeras, y en 1947 la tercera. Conviene aclarar que el FMI y el BIRD son organismos de la ONU, mientras que el GATT no es más que un simple acuerdo internacional. 
 
 
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El Sistema Monetario Internacional.
A los efectos de la unión monetaria es importante recordar que por las características del SMI acordado en junio de 1944 en Bretton Woods y las atribuciones del FMI en el mismo, el dólar de los EEUU pasaba a ser la moneda utilizada en las relaciones internacionales, sirviendo de referencia en la fijación de los tipos de cambio y como moneda de reserva de cada economía nacional. 

La aplicación del acuerdo sobre el SMI basado en el dólar tuvo como consecuencia que este país tuviera que realizar una propuesta de relanzamiento de la economía europea a fin de no bloquear el potencial crecimiento de su economía y evitar la quiebra del propio sistema antes, incluso, de que entrara en funcionamiento: el Plan Marshall en 1947.
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Creación de la CECA, CEE y CEEA
El 9 de mayo de 1950 es considerado por los historiadores como la fecha clave en el inicio de la constitución de las comunidades europeas. En ese día, Robert Schuman, Ministro de Asuntos Exteriores francés, declara la necesidad de poner en común la producción del carbón y del acero entre Francia y Alemania como forma de acabar con la secular rivalidad entre ambos países. Fruto de esta declaración, el 18 de abril de 1951 se firma el Tratado de París por el que se crea la CECA (Comunidad Europea del Carbón y del Acero). Este Tratado, que se firma, además de por Francia y Alemania, por Bélgica, Holanda, Luxemburgo e Italia abría las esperanzas para la futura cooperación política, económica y monetaria europea. No obstante, en 1952 fracasa la propuesta de una Comunidad Europea de Defensa y en 1953 la de una Comunidad Política Europea. 

Los frutos de la cooperación europea no se recogen hasta el 25 de marzo de 1957, fecha en la que se firma el llamado Tratado de Roma que crea la CEE (Comunidad Económica Europea) y la CEEA o EURATOM (Comunidad Europea de la Energía Atómica). 

El Tratado de Roma es un hito en el proceso de construcción europeo, aunque hay que reconocer que apesar de que el artículo 2 de la CEE contemple la posibilidad de la creación de una unión económica y monetaria, lo hace de una forma indirecta e insuficiente. Incorpora únicamente algunas disposiciones relativas a las opciones de política económica nacional respecto del control de los déficits de la balanza de pagos y sobre el uso de la alteración de los tipos de cambio de las monedas nacionales como instrumento corrector de los mismos.

Pese a que en 1957 había razones para justificar el inicio de una unión monetaria en Europa (con superávits comerciales y alto nivel de reservas exteriores), los países iniciadores del proceso no se atrevieron a dar el gran paso. Los motivos se basan por un lado, en el orden económico mundial existente en los años cincuenta, encabezado por los EEUU y el dólar, y en la política interna de los propios Estados miembros que preferían la gestión autónoma de las políticas monetarias y de tipo de cambio.

En la década de los sesenta se produce un lento pero progresivo avance europeísta. En 1960 se crea el FSE (Fondo Social Europeo). En 1961, coincidente con el Muro de Berlín, se producen las primeras solicitudes de adhesión a las Comunidades Europeas: Irlanda, Reino Unido, Dinamarca y Noruega (el largo proceso de adhesión culminará en 1972 para los tres países primeramente citados). En 1962 se aprueba el primer Reglamento (norma comunitaria directamente aplicable en los países miembros) sobre libre circulación de trabajadores y se crea el FEOGA (Fondo de Orientación y Garantía Agrícola). En 1967 se fusionan los ejecutivos previstos en las tres comunidades. En 1968 entra en vigor la Unión Aduanera. 
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Crisis del Sistema Monetario Internacional

En lineas generales el SMI funcionó bien hasta 1971. Sin embargo, la inflación de finales de los sesenta y fortalecimiento de otras economías emergentes, como la alemana y la japonesa, cambiaron el clima de seguridad por un ambiente de incertidumbre. Cuando los déficits comerciales y fiscales de los Estados Unidos empezaron a ser preocupantes (por la inflación y los gastos derivados de la guerra del Vietnam, fundamentalmente) se desencadenaron movimientos especulativos contra el dólar a partir de los fondos existentes en el denominado mercado de eurodólares (dólares existentes en el mundo, especialmente en Europa, fuera del control de las autoridades americanas) que acabaron por romper un sistema basado en el mantenimiento de las condiciones de supremacía del dólar más allá de las posibilidades reales de la economía americana. El 15 de agosto de 1971 el Presidente Nixon suprime la convertibilidad del dólar en oro y lo devalúa cinco meses más tarde con la finalidad de aumentar las exportaciones y reducir su deuda exterior. 
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El Plan Werner.
La situación llevó a los seis países comunitarios a adoptar un acuerdo monetario que impidiera, o al menos amortiguara, los efectos de la inestabilidad monetaria sobre sus relaciones económicas y comerciales, que desde el 1 de julio de 1968 se realizaban sin aranceles internos. Las primeras propuestas partieron de Raymond Barre, Vicepresidente de la Comisión de las Comunidades Europeas, en Primer Plan en 1969 y Segundo Plan en 1970.

A la vista del Primer Plan, en la Cumbre de los Jefes de Estado y de Gobierno celebrada en La Haya los días 1 y 2 de diciembre de 1969 se afirma "será elaborado un plan por etapas a lo largo de 1970 en vistas a la creación de una unión económica y monetaria" (punto 8 del Comunicado de la Cumbre). En octubre de 1970 se presenta el Plan Werner. 

El Plan Werner, a la sazón Presidente y Ministro de Hacienda del gobierno luxemburgués, se presenta en octubre de 1970 como resultado de la declaración de La Haya, con unos planteamientos que han sido calificados de prematuros y excesivos, pero que presentan la paradoja de servir de base al futuro Plan Delors.

El informe Werner propone, además de una unión monetaria, un refuerzo progresivo de la coordinación de las políticas económicas de los países de la Comunidad y la creación de un órgano comunitario encargado de supervisarlas. Las decisiones de importancia macroeconómica debían de ser consultadas a los restantes países.

El carácter prematuro del plan Werner puede demostrarse, en cierta medida, además de por su fracaso, por las dificultades reales que han sobrevenido a la construcción monetaria europea en décadas posteriores. En 1969, fecha de elaboración, todas las monedas europeas fluctuaban, frente al dólar, dentro de las bandas de +-1%, exclusivamente en torno a las paridades en verdad ajustables, pero permanentemente fijas en la práctica. La movilidad, todavía limitada, de los capitales entre los países europeos no tenía nada que ver con la actual. De hecho el paso a tipos irrevocables parece más realista en esas fechas que en las actuales. Las crisis monetarias de 1971 y 1972 son las que marcan el final del sistema de Bretton Woods y escoran el Plan Werner.

El Plan Delors, formulado veinte años más tarde, recoge muchos de los planteamientos del Plan Werner, entre ellos se destacan:
  1. la definición precisa del objetivo a alcanzar: convertibilidad de las monedas, movilidad de capitales y tipos de cambio irrevocables. 
  2. consecución de una unión económica y monetaria por etapas sucesivas. 
  3. aumento progresivo de la disciplina de cambio entre los países miembros. 
  4. creación de un sistema europeo de bancos centrales. 
  5. convergencia de los resultados macroeconómicos de los países.
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La Serpiente Monetaria Europea.

En diciembre de 1971 se produce el Acuerdo del Smithsonian Institute sobre Sistema Monetario Internacional, los márgenes de fluctuación entre el dólar y el resto de las monedas fueron ampliados a +-2,25%, lo que en realidad suponía un margen de fluctuación muy amplia para dos monedas europeas. Este hecho motivó la creación del sistema europeo de cambio, más conocido como la Serpiente Monetaria Europea: los márgenes de fluctuación entre la moneda europea más fuerte y la más débil no podía superar el 2,25%. El 3 de abril de 1973 se creó el FECOM cuyo objetivo era dirigir las operaciones relacionadas con la "Serpiente". La Serpiente sobrevivió algún tiempo preservando un mínimo de orden monetario en Europa. La crisis del petróleo de 1972 y 1973 y las reacciones divergentes de los Estados miembros en materia de política económica hicieron imposible para varios países respetar los márgenes de fluctuación (de hecho el franco francés, la libra esterlina y la lira abandonaron la Serpiente Monetaria). El objetivo de la unión monetaria fue abandonado por mucho tiempo.

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El Sistema Monetario Europeo.

La década de los setenta fue una época de retroceso generalizado de la disciplina en materia de cambios en el mundo. Durante 1978 los países europeos decidieron crear una zona de estabilidad monetaria. En concreto, en el Consejo Europeo de Bremen, celebrado los días 6 y 7 de julio de 1978, las más altas autoridades europeas decidieron crear un sistema monetario europeo. El Consejo Europeo reunido en Bruselas el 5 de diciembre de 1978 adopta una resolución en la que se anuncian las disposiciones relativas al establecimiento del SME a partir del 1 de enero de 1979. La propuesta tomó forma en marzo de 1979 con la entrada en funciones del Sistema Monetario Europeo, que tras unos difíciles comienzos sentó las bases para la existencia de unos tipos de cambio más estables y de unas políticas económicas y monetarias más competentes. 

El SME se basa o compone de cuatro elementos: el ecu; el mecanismo de cambio e intervención; los mecanismos de apoyo y de crédito; y el Fondo Europeo de Cooperación Monetaria

  1. El Ecu. 

         

    El ecu, unidad de cuenta europea, es la unidad de medida de todas las operaciones del SME. Se le define como una cesta de monedas, ya que su valor es igual a la suma de cantidades fijas de cada moneda comunitaria, calculadas por referencia a la importancia económica de cada país. 

    Las monedas de los Estados miembros de la UE que lo eran antes del TUE, entran en la composición del ecu. Desde la creación del ecu, la composición de la cesta ha sido modificada en diferentes ocasiones, la previsión era que se realizase cada cinco años, para tener en cuenta la evolución de las distintas monedas, en base a tres criterios: 1) participación en el volumen de negocio comunitario; 2) el PIB; y 3) la cuota en el FECOM. A partir de la entrada en vigor del TUE la composición del ecu no se modifica, aunque si varía el peso relativo de cada moneda debido a que sus cotizaciones fluctúan constantemente en el mercado de divisas. Desde el 21.09.1989, los porcentajes respectivos de las monedas nacionales en la composición del ecu quedaron fijados del siguiente modo (reflejándose paralelamente su valor medio durante el mes de enero de 1998):
     

    Moneda
    Porcentaje
    Valor medio enero/98
    Marco alemán30,10%1.975810 DM
    Franco francés19,00%6.616820 FF
    Libra esterlina13,00%0.665059 UKL
    Lira italiana10,15%1944.670 LIT
    Franco belga/Lux.07,90%40.75970 BLF
    Florín holandés09,40%2.226630 HFL
    Peseta española05,30%167.4740 PTA
    Corona danesa02,45%7.525520 DRK
    Libra irlandesa01,10%0.786808 IRL
    Escudo portugués00,80%202.1060 ESC
    Dracma griego00,60%312.3250 DRA


    De acuerdo con el art. 109 G del TUE, la composición del ecu no puede ser modificada, tratando de establecer una garantía para la estabilidad de la moneda europea: si una de las monedas que lo componen se devaluase no conllevaría una devaluación del ecu, pues el importe permanece invariable, disminuyendo únicamente la parte porcentual de la moneda correspondiente en la cesta. 

    De forma paralela al ecu oficial, utilizado en el marco del SME y para le presupuesto de la Comunidad, se ha desarrollado una importante esfera de actuación del ecu privado desde 1979, cuando algunos bancos belgas abrieron a las instituciones europeas, previa petición de éstas, cuentas a la vista y a plazo en ecus. La verdadera expansión del ecu privado data de la creación de un sistema de compensación entre los grandes bancos en 1982. Desde entonces, todos los Estados miembros han reconocido jurídicamente al ecu como una moneda extranjera. Asimismo, el mercado interior del ecu ha conocido un gran auge desarrollándose un mercado a muy largo plazo, prueba de la confianza de los inversores en el futuro de la moneda única europea.

    Las funciones esenciales del ecu eran:

    • ser el denominador (numerario) en el mecanismo de cambio 
    • ser la base sobre la que se establece un indicador de divergencias 
    • ser el denominador para las operaciones tanto en el mecanismo de intervención como en el mecanismo de crédito 
    • ser el medio de pago entre las autoridades monetarias en la CEE. cambio

    El mecanismo de cambio e intervención. 

    El SME introduce un mecanismo de cambios entre las monedas del sistema que en él participen con la obligación de limitar las fluctuaciones dentro de unos márgenes prefijados. 

    Para las monedas participantes, los márgenes de fluctuación autorizados dentro del mecanismo de cambios del SME es del +-2,25% (6% para la peseta y la libra esterlina) -en la actualidad el margen es del +-15%- en relación con la cotización del tipo de referencia fijado en ecus por decisión del Consejo de Ministros de la Comunidad y que sólo puede ser modificada de mútuo acuerdo. Este es uno de los aspectos esenciales del SME: el patrón de referencia de las monedas de la Comunidad no es exterior (oro, dólar, yen, etc.) sino interior al sistema. La evolución de las monedas del SME entre ellas, está ligada a la evolución de las economías del SME. 

    Para corregir las previsibles desviaciones que pongan en peligro el cumplimiento de estos compromisos (cotizaciones máximas y mínimas), los bancos centrales tienen la obligación de intervenir con los medios a su disposición en los mercados de cambio a fin de garantizar el mantenimiento de los tipos dentro de esa banda de fluctuación, disponiendo de un derecho automático a recibir financiación en cuantía limitada de los demás bancos centrales.

    Los mecanismos de apoyo y de crédito.

    Para facilitar la gestión del mecanismo de cambio y la financiación de déficits de las balanzas de pago existen tres mecanismos de crédito:

    1. Financiación a muy corto plazo (FMCP): su objetivo es financiar las intervenciones obligatorias en monedas comunitarias. Consiste en una linea de crédito de importe y duración (un mes, 45 días, prorrogables por tres meses) limitados que se abren recíprocamente, en sus monedas, los bancos centrales que están participando en el mecanismo de cambio. 
    2. Apoyo monetario a corto plazo: se trata de un crédito recíproco entre los bancos centrales de la Comunidad; su cuantía también es limitada así como su plazo (tres meses prorrogables hasta nueve meses). 
    3. Colaboración financiera a medio plazo: se trata de un crédito recíproco que pueden concederse los Estados de la Comunidad para un plazo entre dos y cinco años.

    El Fondo Europeo de Cooperación Monetaria (FECOM). 

    Creado el 3 de abril de 1973, el FECOM (cuyo objetivo inicial era contribuir a la realización de la UEM por etapas) ha representado uno de los elementos fundamentales del SME hasta su disolución a comienzos de la segundo fase de la UEM, en la que se traspasan sus funciones y competencias al Instituto Monetario Europeo. 

    Dotado de personalidad jurídica, se administraba por un Consejo compuesto de miembros del Comité de Gobernadores de los Bancos Centrales y de la Comisión. Su función consistía en facilitar las intervenciones en los mercados de divisas, efectuar las liquidaciones entre los bancos centrales y gestionar las facilidades crediticias a corto plazo que se conceden los bancos centrales emisores para poder hacer frente a las intervenciones necesarias en cada momento. 

    Con el SME, los bancos centrales quedaron obligados a poner a disposición del FECOM el 20% de sus reservas en oro y divisas. Como contrapartida a este depósito, el FECOM emitía ecus, que, los países utilizaban para devolver las deudas contraídas a muy corto plazo, con el fin de sostener su moneda. Esta puesta a disposición se realizaba bajo la forma de créditos cruzados (swaps) que se renovaban cada tres meses.

El SME es, en definitiva, un sistema de cambios fijos pero ajustables. Las monedas que participan en él están obligadas a respetar las bandas de fluctuación predefinidas en torno a paridades centrales. Estas paridades pueden ser modificadas ocasionalmente, aunque sólo con el acuerdo conjunto de los participantes en el marco de los llamados realineamientos. Entre 1979 y 1989 se efectuaron once realineamientos. 

Al igual que en la Serpiente, la amplitud de los márgenes era, como se ha indicado, del +-2,25%, que se ampliaron al +-6% para aquellos países que deseasen imponer una disciplina de cambio (como España, Italia, Reino Unido y Portugal), pero sin poder respetar inmediatamente márgenes estrechos, considerados muy restrictivos. Como consecuencia de la crisis del SME de 1992 y 1993, estos márgenes fueron ampliados a un +-15%. Ello fue debido a la incoherencia existente entre liberalización plena del comercio y, especialmente de los movimientos de capital, y el mantenimiento de la autonomía nacional en política monetaria. Con frecuencia las autoridades nacionales tratan de fijar tipos de interés que permitan, por ejemplo, el control de la inflación y la estabilización de la economía nacional, pero pueden fracasar por la llegada masiva de capitales y de mercancías desde fuera, sin que se puedan imponer restricciones por los acuerdos alcanzados. Debe pensarse que el Mercado Único Europeo fue relanzado en 1985 y consagrado en el Acta Única Europea de 1987, suponiendo un programa progresivo de eliminación de obstáculos existentes a la libre circulación de mercancías, servicios y capitales.

La principal crítica dirigida al SME ha sido la polarización que las políticas monetarias, principalmente antiinflacionistas sufrieron respecto de la política económica alemana y, más concretamente, del Bundesbank. El marco alemán se convirtió en el ancla del SME. Este protagonismo se debió al peso del marco en la composición del ecu y a la tenacidad alemana en el mantenimiento de una política antiinflacionista por encima de todo. Y ello con independencia de considerar que al resto de los gobiernos les interesaba esta situación para defender sus políticas con gran resistencia social. 

Esta asimetría del SME, que inicialmente contribuyó a su éxito (de hecho, la Comisión Europea realiza un balance muy positivo del funcionamiento del SME), provocó también sus grandes dificultades. A comienzos de los noventa Europa sufrió un sock macroeconómico con la reunificación alemana. La situación habría requerido una revaluación del marco alemán y un cierto distanciamiento entre la política monetaria de Alemania y la de sus socios europeos. Alemania aumentó sus tipos de interés en un momento en que el resto de países comenzaban a entrar en una recesión generadora de paro. El rechazo de ciertos países, como Francia, a aceptar un realineamiento, que podía interpretarse como un abandono de la política económica seguida hasta entonces, abriría las puertas de las crisis monetarias de 1992 y 1993. 

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El Acta Única Europea

Dos factores se han conjugado para que el objetivo de la unión monetaria se retomara veinte años después del informe Werner. El primero de ellos radica en el espacio financiero europeo puesto en marcha a principios de los años ochenta que con independencia de las experiencias obtenidas del funcionamiento del SME se concluyó la necesidad de una mayor coordinación de las políticas económicas (informe Padoa-Schioppa de 1987). El segundo factor radica en la dinámica que animaba a Europa a mediados de los ochenta. En 1985 se había adoptado el proyecto de creación de un verdadero mercado interior, que con las disposiciones del AUE debía alcanzarse a finales de 1992. 

En concreto, el Acta Única Europea (AUE), que entró en vigor el 1 de julio de 1987, representa un notable impulso a la formación del Mercado Interior Único y una nueva aproximación al logro de la moneda única.

La creación de un mercado sin fronteras y el estrechamiento de la interdependencia económica sentaron las bases para una mayor coordinación de las políticas económicas, factor fundamental para el desarrollo de una Unión Económica y Monetaria (UEM). 

Los objetivos del Acta Única Europea en orden a la aproximación a la Unión Económica y Monetaria son: 

  • El reforzamiento de la cohesión económica y social entre los Estados miembros. 
  • La extensión de la competencia comunitaria a los ámbitos de investigación, desarrollo tecnológico y medio ambiente. 
  • La realización del Mercado Único para el 31.12.1992. 
  • La confirmación del objetivo de la Unión Económica y Monetaria (reafirmación del SME, desarrollo del ECU, competencia comunitaria en el ámbito de la política social, etc.).
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El Plan Delors

En este contexto, en la cumbre de Hannover de junio de 1988, los doce confiaron a un comité de expertos, presididos por Jacques Delors, entonces presidente de la Comisión, la tarea de estudiar y proponer las etapas para llevar a cabo la UEM. El Comité de expertos se formó con los gobernadores de los bancos centrales de los Estados miembros de la CE y por tres expertos independientes, entre los que se encontraba el ex-ministro de economía español, Miguel Boyer (quien curiosamente ha manifestado hasta fechas muy recientes su escasa confianza en la viabilidad de la UEM). La decisión política de alcanzar la unión monetaria estaba tomada de hecho, ya que se había que esta comenzara en 1990 con la consecución del mercado interior, la libre circulación de capitales y convergencia económica.

El Plan presentado por Delors el 13 de abril de 1989 sigue las pautas marcadas por el Plan Werner. La presentación marcó la aparición de controversias sobre los modelos a seguir cara a la unificación. El Plan se debatió los días 26 y 27 de junio de 1989 en la capital de España, con la decisión final de ir progresivamente a la unión monetaria e impulsar la preparación de una conferencia intergubernamental sobre la unión monetaria a lo largo de 1990. Ésta tuvo lugar en diciembre de 1990 y, en la misma se dio luz verde a los trabajos que desembocaron en la negociación y posterior aprobación del Tratado de la Unión Europea.

En cuanto a las controversias suscitadas en la Cumbre de Madrid puede indicarse que, por un lado, se planteó el enfoque de "terapia de choque". La unificación monetaria debía realizarse en un corto período de tiempo, por sorpresa.

Por otro, conforme a Delors, el enfoque progresivo y cooperativo. La unión se conseguiría en diversas etapas en las cuales la disciplina y coordinación monetaria, así como la presupuestaria van aumentando progresivamente.

Por último, se planteó la propuesta británica, el llamado Plan Lawson-ministro de economía británico- que sugería dejar circular libremente en toda la Comunidad a las monedas de los países miembros. Los agentes económicos o, lo que es lo mismo, el mercado designaría, al final, la mejor moneda europea. Esta propuesta se vio completada por el plan Major, que proponía que el Fondo Monetario Europeo pusiera en circulación un ecu reforzado, que iría suplantando progresivamente a las monedas nacionales. Lo único que subsiste del plan Major es la idea del refuerzo del ecu: desde 1992 la composición del ecu se congeló, lo que condujo a que las monedas fuertes aumentaran su peso con el paso del tiempo.

Un paso más se dió en el Consejo Europeo de Dublín del 25 y 26 de junio de 1990, al fijarse para el siguiente 14 de diciembre el comienzo de la Conferencia Intergubernamental sobre la UEM, disponiéndose que un día después se iniciaría la relativa a la Unión Política.

Según las previsiones, se cumplieron los plazos inicialmente previstos para la UEM, y en menos de un año, el 11 de diciembre de 1991, se concluía la doble Conferencia Intergubernamental, con la redacción de los artículos del Tratado de Maastricht, que una vez incorporados al texto básico dieron lugar al Tratado de la Unión Europea. 

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El Tratado de Maastricht

Tratado adoptado en la Cumbre de Maastricht, el 7 de febrero de 1992, asume, finalmente, el procedimiento cooperativo y progresivo para la UEM. No obstante, dos países, el Reino Unido y Dinamarca obtuvieron el beneficio de una cláusula de excepción.

El Tratado de Maastricht consagra el proceso de consecución de la moneda única europea siguiendo el modelo propugnado por Delors, ya que las modificaciones introducidas se referían fundamentalmente a la concepción de la segunda fase, que se iniciaría dos años más tarde de lo en aquél establecido y sin cesión de competencias al SEBC. Para ello propone la creación de nuevas instituciones, siendo la principal de ellas el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) con el Banco Central Europeo. Asimismo, el Tratado prevé un calendario preciso para alcanzar el objetivo en tres fases. Sin embargo, la entrada definitiva en la unión monetaria dependerá del cumplimiento por parte de los Estados miembros de los criterios de convergencia. De manera esquemática podemos indicar el planteamiento de la UEM en el Tratado:

27 artículos (del 102A al 109M integrantes del Título VI) 
7 Protocolos: 
Estatutos del SEBC y del BCE (núm. 3) 
Estatutos del Instituto Monetario Europeo (núm. 4). 
Procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo (núm. 5) 
Criterios de convergencia (núm. 6) 
Condiciones para la transición a la tercera fase de la UEM (núm. 10) 
Estatuto opting out para Gran Bretaña y Dinamarca (núm. 11 y 12)

Como se ha indicado, la primera etapa de la marcha hacia la unión monetaria se inicia en 1990, antes de la ratificación del Tratado de Maastricht. Esta etapa se caracteriza por la liberalización completa de los movimientos de capitales y, en un sentido más general, por el logro del mercado único, y por un refuerzo de la coordinación y control multilateral de las políticas económicas (los Estados se comprometían a presentar "programas de convergencia" destinados a aproximar y mejorar sus resultados económicos).

El paso a la segunda etapa se efectúa el 1 de enero de 1994. El art. 109 E del Tratado indica su duración de 1994 a 1997. El IME se encuentra en funcionamiento desde entonces al tiempo que los países miembros se someten a dos tipos de medidas nuevas:

La primera de ellas está relacionada con la independencia de los bancos centrales con respecto a los poderes políticos y la prohibición del financiamiento de los déficits públicos.

La segunda tiene que ver con la convergencia económica. Los Estados deben esforzarse en respetar los deferentes criterios de convergencia. El control de estos criterios corría a cargo de la Comisión y del IME. El Instituto Monetario Europeo entró en funcionamiento el 1 de enero de 1994 sustituyendo al Comité de Gobernadores de los Bancos Centrales de la CE y del FECOM.

La tercera fase se inicia con la fijación irrevocable de los tipos de cambio entre las monedas de los países implicados. El 1 de enero de 1999 el SEBC sucede al IME y el euro se convierte juridicamente en la única moneda de la Unión. 

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La crisis del Sistema Monetario Europeo.

La crisis que experimentó el SME entre el verano de 1992 y el verano de 1993 aparecen como muy espectaculares ya que se producen a continuación de un largo período de funcionamiento relativamente armonioso del sistema. Éste no había requerido ningún realineamiento verdadero desde 1987; la modificación del tipo de pivote de la lira en 1990 no había tenido otra finalidad que la de permitir a la moneda italiana pasar de las bandas amplias de fluctuación (+- 6%) a las bandas consideradas como normales (+-2,25%). Paralelamente, la libra esterlina, la peseta y el escudo se habían incorporado al mecanismo de cambios, dejando , en abril de 1992, sólo al dracma griego en situación de flotación. Asimismo, el SME parecía haberse adaptado a la movilidad creciente de capitales en Europa, a pesar de la falta de una verdadera coordinación de las políticas monetarias. Es en este contexto en el que sobrevendrán, en junio de 1992, las primeras tensiones.

Aunque puede que no haya supuesto más que efecto catalizador, el resultado negativo del referéndum danés, el 2 de junio de 1992, para ratificar el Tratado de Maastricht, se considera a menudo como el punto de partida de la crisis del SME. El no danés fue interpretado por los mercados como el primer signo de debilidad de la propuesta de la futura UEM. La unión se veía como algo asequible. La reunificación alemana, con el sock macroeconómico consiguiente para dicho país, dado que hubo que destinar miles de millones de marcos a la antigua Alemania del Este, produjo una demanda interior espectacular mente alta de su moneda. Dado que la revaluación del marco no se producía sin que el resto de monedas fuesen atacadas, todos parecían admitir que Europa funcionaba como una unión monetaria de hecho. Sin embargo, cuando el Bundesbank aumentó, en julio de 1992, sus tipos de interés, en respuesta a la persistencia de las tensiones inflacionistas, se puso de manifiesto que la convergencia entre las economías europeas no era tan pronunciada como se pensaba. En aquellos momentos economías como la de Francia, Reino Unido e Italia hacían frente a un crecimiento débil y aumento del desempleo. La lira y la libra fueron las primeras monedas en soportar movimientos especulativos en el seno del SME.

La sucesión de acontecimientos no es más que una larga lista de renunciamientos por parte de las autoridades monetarias y políticas para afrontar verdaderas oleadas especulativas. Italia fue el primer país en aceptar, el 13 de septiembre, una devaluación de su moneda, pero su amplitud (el 7%) fue considerada insuficiente. El Bundesbank hizo el esfuerzo de bajar simultáneamente sus tipos directores, aunque todavía muy débilmente a los ojos de los mercados. Estos últimos parecían convencidos que había llegado la hora de los realineamientos.

Bajo la presión de la especulación, la lira y la libra renunciaron el 16 de septiembre a su participación en el SME, mientras que la peseta era devaluada. La muy débil mayoría favorable al Tratado de Maastricht puesta de manifiesto en el referéndum francés de 20 de septiembre contribuyó muy poco a asegurar el futuro de la UEM. El SME sobrevivió a 1992 gracias a la drástica intervención del Banco de Francia y un endurecimiento del control de cambios en Irlanda, Portugal y España, más una devaluación de la peseta (la segunda) y del escudo. 

El año 1993 comenzó con una devaluación de la libra irlandesa (30 de enero), mientras que varios países persistían en mantener sus tipos de interés en niveles muy elevados a pesar de la coyuntura muy desfavorable. El 18 de mayo la peseta y el escudo fueron nuevamente devaluados y las tentativas francesas para reducir los tipos de referencia del Banco de Francia tropezaron con el nivel base constituido por los tipos alemanes. En julio, un nuevo brote especulativo trae consigo la ampliación de los márgenes del SME del +-2,25 al +-15%. Esta medida contribuyó a mitigar la especulación pero la Europa monetaria había sufrido una crisis espectacular. El régimen de cambios del SME más que fijos parecían próximos a una flotación controlada. El 12 de octubre de 1993 Alemania ratifica el Tratado de Maastricht por escaso margen.

Las crisis del SME tienen difícil explicación. Se aduce la caída del muro de Berlín en 1989 y la unificación alemana de 1990, la caída del telón de acero, la pérdida de competitividad de Italia y Reino Unidos con índices de inflación superiores a los de sus socios, la relajación de la política monetaria, etc. No existe acuerdo sobre las causas, lo que si parece que queda claro es que en un entorno de alta movilidad de capitales, resulta prácticamente imposible la viabilidad de un régimen de cambios fijos sin una verdadera coordinación monetaria. 

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El calendario de Madrid
En el avance hacia la UEM, y a partir de las disposiciones del Tratado de Maastricht, el Consejo Europeo celebrado en Madrid en diciembre de 1995 adoptó las prescripciones definitivas para la tercera fase de la UEM (lo que se conoce como el calendario de Madrid) con sus tres etapas sucesivas -A, B y C- que cubren desde el 1 de enero de 1998 al 30 de junio del 2002. En el Consejo de Madrid también se acordó, a iniciativa de Alemania, el cambio de denominación de la moneda común, pasando a denominarse euro en vez de ecu.
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Consejos Europeos de Florencia y Dublín

El Consejo Europeo volvió a confirmar en Florencia, en junio de 1996, que la tercera fase de la UEM comenzaría el 1 enero de 1999, tal como se acordó en el Consejo Europeo de Madrid. Con relación a la UEM se adoptaron los siguientes acuerdos: 

  • Confirmación del inicio de la Tercera Fase el 1 de enero de 1999. 
  • Realización de los trabajos preparatorios para la creación de un Mecanismo de Tipos de Cambio 2 (MTC2 o SME2), que regule las relaciones entre el euro y las monedas de los Estados miembros de la UE que no participen en la UEM. 
  • Realización de los trabajos preparatorios sobre la estabilidad presupuestaria en la Tercera Fase.

El Consejo Europeo celebrado en diciembre de 1996 en Dublín aclara que la tercera fase no podría comenzar antes del 1 de enero de 1999 dado que es necesaria una mayor convergencia entre los países europeos. Con relación a la UEM se lograron acuerdos no definitivos sobre: 

  • La nueva estructura del Mecanismo de Tipos de Cambio-2. 
  • El desglose del Proyecto de Reglamento sobre el régimen legal del euro en dos reglamentos: 
    1. Reglamento sobre determinadas disposiciones relativas a la introducción del euro. 
    2. Reglamento sobre la introducción del euro. 
  • Los principios y principales elementos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. 
  • Se insta a intensificar los preparativos de la UEM para su inicio el 1.01.1999. 
  • Se fija que la evaluación respecto al nivel de cumplimiento de los criterios de convergencia por los Estados miembros se efectuará lo antes que sea posible en el año 1998.

También en diciembre de 1996, el IME decide los marcos reguladores, organizativo y logístico, del Banco Central Europeo y del Sistema Europeo de Bancos Centrales, preparándose la legislación relativa a la introducción de la moneda única. 

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La cumbre de Amsterdam

La Cumbre a celebrar en Amsterdam el 16 y 17 de junio de 1997 tenía como uno de sus objetivos la de dar credibilidad al euro aprobando el llamado pacto de estabilidad y crecimiento. Este pacto era previsible con base al art. 104 C.2 del Tratado de Maastricht, e inicialmente lo propusieron los alemanes, produciéndose a partir de esta propuesta largas negociaciones, hasta que por fin, los Ministros de Economía y los Jefes de Gobierno de los quince se pusieron de acuerdo en Dublín el sábado 14 de diciembre de 1996, comprometiéndose a no tolerar déficit mayores del 3% del PIB. 

En fechas previas a la Cumbre, Francia y Alemania pusieron en peligro el acuerdo precedente. Por un lado, los alemanes sostenían el cumplimiento inflexible del 3% del déficit respecto al PIB; el Ministro de Finanzas alemán, Teo Waigel, llegó incluso a afirmar que si no se firmaba el pacto de estabilidad, es decir, un plan por el los países del euro debían mantenerse dentro de un ajuste presupuestario permanente bajo pena de sanción, Alemania no entraría en la moneda única. 

Conviene aclarar que la postura alemana derivaba de las frustraciones sufridas en Maastricht en la que ninguna de sus propuestas para una mayor integración política o un mayor protagonismo del Parlamento Europeo fueron aceptadas. De la ambiciosa visión del canciller Helmut Kohl, una Europa unida, quedó en sólo una unión monetaria. En 1992, cuando se firmó el Tratado de Maastricht, ya podía preverse que Alemania tendría dificultades con su déficit y deuda pública. Por decisiones políticas tanto el Gobierno como el Parlamento habían decidido que la financiación hacia la ex-RDA vendría por vía de deuda pública. En principio, este hecho debía dificultar la convergencia descrita en Maastricht pero dadas las favorables perspectivas económicas no se consideró conveniente informar a la opinión pública alemana sobre estos detalles. Sin embargo, la crisis de principios de los noventa terminó llegando a Europa y con ella la opinión pública alemana comenzó a desconfiar en la nueva moneda. La única manera de dar confianza era la de mantener la inflexibilidad en el cumplimiento de los criterios económicos y sostener que Alemania no haría concesiones presupuestarias para capítulos sociales. 

Por su parte, los franceses, liderados por Lionel Jospin, afrontaban la Cumbre bajo el lema "construir Europa sin destruir Francia", en la que, contrario al Pacto, consideraban que para que fuese aceptable la construcción de una Europa económica debía de acompañarse de una Europa social. Debe considerarse que en las semanas anteriores a la cumbre de Amsterdam el resultado de las elecciones francesas y la demanda del nuevo Primer Ministro francés de tener una Unión Europea más próxima a los intereses de los ciudadanos, especialmente referido al empleo, añadió dudas sobre el Pacto de Estabilidad y sobre el proyecto europeo en sí mismo. Para los mercados financieros era inviable una moneda europea sin que participasen Francia y Alemania. 

En Amsterdam se acepta el Pacto de Estabilidad y Crecimiento acordado en la cumbre de Dublín en cuanto a las reglas de límite de déficit excesivo en la tercera fase de la UEM y se recoge el objetivo de enfatizar en la promoción de empleo en un capítulo específico. 

El Tratado de Amsterdam recoge la prioridad de aproximar la Unión Europea a la preocupación de los ciudadanos europeos, llegando a acuerdos sobre temas como la seguridad, el empleo, la política exterior, la defensa, y la legitimidad de las instituciones europeas. 

Este Tratado contiene cuatro objetivos básicos: 

  • hacer del empleo y de los derechos de los ciudadanos el eje de la Unión; 
  • suprimir los últimos obstáculos a la libre circulación y reforzar la seguridad; 
  • hacer que la voz de Europa transcienda mejor al mundo; y 
  • hacer más eficaz el entramado institucional de la Unión con miras a la próxima ampliación.

En cuanto a las actuaciones sobre el empleo, si bien el Tratado reconoce que son los Estados Miembros los que tienen la responsabilidad principal, también proclama la necesidad de consensuar unos objetivos comunes a nivel europeo en materia de empleo. Concretamente, con el Tratado de Amsterdam, los gobiernos de cada Estado se comprometen a orientar sus políticas de empleo en consonancia con la política económica de la Comunidad, a promover una mano de obra cualificada capaz de adaptarse a los cambios económicos, y a crear un sistema de vigilancia multilateral de las políticas nacionales. Otro aspecto a desarrollar en cuanto a la política social es la de compaginar la flexibilidad del mercado laboral con la seguridad del empleo.

Respecto al objetivo de suprimir los últimos obstáculos a la libre circulación y reforzar los medios para garantizar la seguridad, con el Tratado de Amsterdam los asuntos de justicia e interior se someten a las reglas comunitarias. Además el espacio de Schengen se integra en la Unión, ya creado en 1990 por Alemania, Francia y los países del Benelux, con objeto de suprimir los controles fronterizos en las carreteras y los aeropuertos.

El nuevo Tratado propone actuar unidos para transmitir con una sola voz la sensibilidad de Europa ante determinados acontecimientos internacionales. Para ello propone más medios para defender los intereses económicos de la Unión en los mercados nuevos como la propiedad intelectual y los servicios, propone fijar marcos estratégicos comunes en materia de política exterior y de seguridad. Además se crea una célula de especialistas con el fin de vigilar el desarrollo de determinados acontecimientos internacionales y sus posibles efectos sobre la Unión, facilitando al Consejo la adopción rápida de decisiones. Por último, propone ahondar en la creación de una identidad europea de seguridad y de defensa.

Finalmente, este Tratado propone adaptar las estructuras institucionales europeas para mejorar su funcionamiento ante la futura ampliación; así, en materia de legislación el Parlamento y el Consejo pasan a decidir conjuntamente situando a ambos en igualdad de condiciones. Además, en previsión de la próxima ampliación, el Consejo extiende la posibilidad de adoptar decisiones por mayoría cualificada a nuevos ámbitos de actuación pública. También, se alienta una mayor participación de los parlamentos nacionales en los asuntos de la Unión. Por otro lado, se incluye la noción de avance a distintas velocidades, el llamado principio de flexibilidad refiriéndose a la posibilidad de que un cierto número de Estados Miembros coopere en ámbitos específicos dentro del marco institucional de la Unión. Por último, se prevé un cambio en el peso relativo de los estados miembros en las distintas instituciones con el fin de facilitar el funcionamiento del entramado institucional europeo.

En detalle, con relación a la UEM en Amsterdam se adoptaron los siguientes acuerdos: 

  • Resolución por la que se establece el firme compromiso de los Estados miembros con la ejecución del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. 
  • Acuerdo sobre los dos Reglamentos que fijan un marco de vigilancia multilateral, con obligaciones para todos los Estados de la UE, incluso los que no participan en el área del euro. 
  • Resolución sobre los principios y elementos fundamentales del nuevo Mecanismo de Tipos de Cambio (MTC2). 
  • Acuerdo completo con los dos reglamentos que constituyen el marco jurídico del euro. 
  • Respaldo a la elección del diseño de las monedas fraccionarias del euro. 
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Los tres días de mayo (la Cumbre de Bruselas)

En el Consejo Europeo celebrado en Bruselas los días 1 a 3 de mayo se decide que países van a formar parte inicialmente de la unión monetaria:

Alemania
Austria
Bélgica
España
Finlandia
Francia
Holanda
Irlanda
Italia
Luxemburgo
Portugal

Quedan inicialmente fuera: Dinamarca, Gran Bretaña, Grecia y Suecia

El Consejo Europeo recomienda los nombramientos de: 

Win DUISEMBERGER, presidente del BCE por una duración de ocho años. 

Christian NOYER, vicepresidente por una duración de cuatro años. 

Otmar ISSING (alemán, duración ocho años), 

Tommaso PADOA SCHIOPPA (italiano, duración 5 años), 

Eugenio DOMINGO SOLANS (español, duración 6 años) y, 

Sirkka HÄMÄLÄIEN (finlandesa, duración 5 años), miembros del comité directivo.

Estos nombramientos se someten a la decisión de los gobiernos de los Estados miembros a nivel de los jefes de Estado o de gobierno de los países partícipes en la UEM, previa consulta al Parlamento Europeo y al consejo del IME.

En el ECOFIN previo a este Consejo Europeo se fijan las paridades bilaterales de las monedas partícipes, que se utilizarán, en su día, para la fijación de las tasas de conversión irrevocables de estas monedas en la UEM respecto del EURO.

Se adoptan por unanimidad la regulación de la denominación y de las especificaciones técnicas de las monedas del euro.

Se reafirma el compromiso de los gobiernos en la estabilidad y el saneamiento de las finanzas públicas y de reforzamiento de los mecanismos de vigilancia sobre los presupuestos nacionales y sobre la coordinación de las políticas económicas.

El Consejo de la Unión Europea en su reunión de 31 de diciembre de 1998 aprueba de forma definitiva los tipos de conversión entre el euro y las distintas monedas nacionales de los Estados miembros participantes de la Unión Monetaria. Este acuerdo, que se refleja en el Reglamento núm. 2866/98, publicado en el Diario Oficial de las C.E., Serie L núm. 359 de 31 de diciembre, es el siguiente:

1 EUR= 40.3399 BEF 
1.95583 DEM


166.386 ESP
6.55957 FRF
.787564 IEP
1936.27 ITL
40.3399 LUF
2.20371 NLG
13.7603 ATS
200.482 PTE
5.94573 FIM

Por Decisión del Consejo de 19 de junio de 2000 (publicada en el DOCE serie L, núm. 167 de 7 de julio), Grecia forma parte de la UEM desde el 1 de enero del 2001, y su moneda, la dracma, tiene la equivalencia de 1 EUR = 340.750 GRD.

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La evolución española

En fechas actuales España está plenamente integrada en la Unión Europea y participa como miembro fundador de la unión económica y monetaria. Pero esta situación que parece normal, no ha sido precisamente la norma a lo largo de nuestra historia económica. La norma, por el contrario, ha sido el distanciamiento entre la evolución de nuestro país y los países de nuestro entorno, de los que, en general, nos manteníamos aislados. Por un tortuoso y lento camino se ha transitado del aislamiento secular a la plena integración. 

En 1808, durante la guerra de Independencia, fue acuñada por José Bonaparte la primera peseta. 

Hasta la primera mitad del siglo XIX existían en España monedas de épocas y sistemas diferentes: convivían monedas de la época romana como el sestero con reales, onzas, duros, pesos, maravedíes y pesetas. 

En 1868, en concreto el 19 de octubre, el General Serrano promulga un Decreto de reforma por el que la peseta se convertía en moneda oficial y única en los territorios españoles, con la misma ley y peso que el franco francés. La peseta se dividía en 100 céntimos (de 10, 5, 2 y 1) y monedas de plata de 5 pesetas (también llamado duro). En el diseño de estas monedas interviene como responsable grabador de la Casa de la Moneda el italiano Luis Marchioni. 

En 1874 se retira el privilegio de emisión de moneda a los bancos privados. Con Alfonso XII aparecen las monedas de 5 y 10 céntimos conocidas como perras chicas y gordas. 

Durante el siglo XIX y primer tercio del siglo XX, España no pudo adherirse al patrón oro, aceptado entonces como sistema monetario internacional por los países relevantes de la época. La tardía incorporación española a los movimientos europeos de modernización económica coincide con la quiebra ferroviaria de 1866 que provoca una grave crisis económica en nuestro país. 

Terminada la guerra civil, era impensable que nuestro país (aislado por razones políticas de la toma de decisiones a nivel internacional, quedó al margen de las reuniones internacionales de las que nacieron la cooperación económica en el ámbito mundial y europeo) pudiera participar en las tareas de cooperación internacional, sin realizar un cambio profundo tanto en sus políticas como en sus condiciones económicas de aislamiento, caracterizadas por la inflación (como procedimiento para financiar el desarrollo), la protección (como método para mantener nuestro producción al margen de la competencia internacional) y un fuerte intervencionismo estatal. 

A mediados de los cincuenta, el apoyo argentino con Perón y los sucesivos convenios con los EUA mantuvieron la economía nacional, pero no paliaron la continuada pérdida de las reservas internacionales. El modelo autárquico estaba definitivamente agotado. 

La necesidad de estabilizar la economía y liberalizarla buscando la eficacia en un mejor funcionamiento de los mercados, rompiendo con el aislamiento, se produjo a finales de los cincuenta. Un lustro después de los convenios con los EUA, de 1953, se iniciaron procesos de cambio, aunque con muchas trabas de carácter político, ya que se pensaba que una apertura económica podría conducir hacia una inevitable liberalización política. El movimiento liberalizador venía empujado por el comienzo del turismo y la afluencia de recursos provenientes de la emigración. Se inicia en estos años una etapa de tecnocracia y crecimiento económico orientada a limitar el gasto público, liberalizar el comercio exterior, ordenar la banca y favorecer las inversiones extranjeras. 

En 1959 se aprobó el Plan de Estabilización y de Liberalización con el respaldo del Fondo Monetario y de la OECE (organización europea de cooperación económica). Es en estos años cuando se produce la progresiva incorporación española a los organismos internacionales: 

1955: incorporación a la ONU. 

1958: incorporación al Fondo Monetario Internacional y al Banco Mundial. 

1959, incorporación a la OECE, precedente de la OCDE (organización de cooperación y desarrollo económico). 

1963: incorporación al GATT, precedente de la reciente OMC.

La tarea de integración europea fue más complicada. Con el grave lastre de la homologación política, el acercamiento español a la CEE se produce más por necesidad que por voluntad real: los avances experimentados en política agrícola en la Europa de los seis ponían en peligro las exportaciones españolas y, además, la solicitud de ingreso del Reino Unido podía agravar el aislamiento español. El primer intento de acercamiento serio se produce el 9 de febrero de 1962 con la solicitud formal de "la apertura de negociaciones con objeto de examinar la posibilidad de vinculación de mi país con la CEE" realizada por el entonces ministro de AA.EE. Fernando María Castiella. La solicitud se guardó en el cajón de archivos. En 1964 se volvió a insistir en el tema. 

Entre 1964 y 1965 se propuso al gobierno español por parte de Bruselas un acuerdo comercial que fue rechazado. En 1967, cinco años después de la primera solicitud, empezó una verdadera negociación. En 1970, en Luxemburgo, se firma un "acuerdo preferente" con indudables ventajas para España, que sin embargo poco difería de los firmados por la Comunidad con Túnez, Marruecos o Israel. Este hecho fue presentado a la opinión pública española como un primer paso en el proceso de aceptación de nuestro país en el círculo europeo. 

La transición a la democracia es punto de partida clave para el acercamiento en serio de nuestro país a la CEE. Después de siete años de negociaciones, aunque realmente serias fueron cuatro de 1982 a 1985, el 12 de junio de 1985 se firma el Tratado de Adhesión. España se incorporaba a la Comunidad como miembro de pleno derecho el 1 de enero de 1986, es decir, con 29 años de retraso. Desde esa fecha, España participa activamente en el movimiento europeísta. 

En junio de 1989, España entra a participar en el mecanismo de cambios del Sistema Monetario Europeo (con un margen de fluctuación de un +-6%), con diez años de retraso. Hasta esa fecha, la peseta fluctuaba libremente. En 1992 se produce la convulsión monetaria en Europa, que provoca sucesivas devaluaciones de la peseta. 

En 1995 se inicia los planes de ajuste económico para tratar de incorporar a nuestro país en la Unión Económica Monetaria. 

En 1997, en un período de cierto optimismo monetario, se crea por Real Decreto 363/97 la Comisión Interministerial para la Coordinación de Actividades de Introducción del Euro, ostentando la Presidencia el Ministro de Economía y Hacienda y la Secretaría el Director General del Tesoro y Política Financiera. En diciembre de ese mismo año se aprueba el Plan Nacional de Transición al Euro. 

En mayo de 1998, en la Cumbre europea de Bruselas, se da el conforme para que España entre a formar parte de la Unión Monetaria el 1 de enero de 1999. 

El 31 de diciembre de 1998 se determina que la nueva moneda europea, el euro, equivalga a 166,386 pesetas 

Como se ha indicado, hoy en día nuestra economía está plenamente integrada. España forma parte de todos los organismos económicos internacionales, incluida la UE y la UEM. Pero, como ha quedado reflejado, no siempre fue así y el camino no siempre fue fácil. Porque la adaptación necesaria para incorporarse a la comunidad internacional y para cumplir las exigencias comunitarias, ha debido hacerse en el marco de una economía internacional, sometida a cambios profundos y rápidos como consecuencia de los avances del proceso de globalización, al que nadie hoy puede sustraerse. 

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Los pasos previos a la Unión Monetaria en fechas

18.04.1951. Se firma el Tratado de París por el que se constituye la CECA (Comunidad Europea del Carbón y del Acero) integrada por seis países: Francia, Alemania, Bélgica, Holanda, Luxemburgo e Italia.

25.03.1957. Se firma en Roma los Tratados constitutivos de la CEE (Comunidad Económica Europea) y CEEA (Comunidad Europea de la Energía Atómica).

30.07.1962. Entra en vigor la política agraria común (PAC).

01.07.1967. Entra en vigor el Tratado de Fusión de los Ejecutivos de las tres Comunidades Europeas, firmado en abril de 1965, por el se constituye un Consejo y una Comisión únicos.

01.07.1968. Se pone en práctica la Unión Aduanera: las mercancías circulan en la Comunidad Económica Europea sin ningún tipo de limitación y sin pagar derechos de aduanas. Se crea un arancel exterior común.

01.12.1969. Cumbre Europea de La Haya: se acuerda la elaboración de un plan por etapas con vistas a la creación de una unión económica y monetaria.

01.10.1970. Presentación del Plan Werner: precedente básico del Plan Delors, proponía la consecución de una unión económica y monetaria europea en etapas sucesivas

30.12.1970. Se pone en práctica por los Estados miembros una política comercial común.

24.04.1972. Se crea la Serpiente Monetaria Europea: los Estados miembros deciden limitar los márgenes de fluctuación de las monedas europeas, entre ellas y con respecto al dólar. 

01.04.1973. Se crea el FECOM (Fondo Europeo de Cooperación Monetaria) encargado de prestar apoyo a los países comunitarios en el marco de sus operaciones financieras.

13.03.1979. Se pone en marcha el Sistema Monetario Europeo. Se establece un sistema de cambios fijo con bandas de fluctuación. Se establece el ECU (Unidad de Cuenta Europeo).

07.10.1979. Primera elección por sufragio universal de los cuatrocientos diez miembros del Parlamento Europeo.

01.07.1987. Entra en vigor el Acta única Europea, firmada en Luxemburgo el 18.02.1986.

01.06.1988. Cumbre de Hannover: se confía a un comité de expertos, presididos por Jacques Delors, la tarea de estudiar y proponer las etapas para llevar a cabo la UEM.

13.04.1989. Presentación del Plan Delors.

26.06.1989. Cumbre de Madrid: se debate el Plan Delors y se toma la decisión de ir progresivamente a una unión monetaria. 

01.07.1990. Se inicia la primera fase de la UEM. En esta etapa se suprimen, con escasas excepciones, todas las restricciones a la circulación de dinero y capitales entre los Estados miembros, se intensifica la coordinación y supervisión conjunta de la política económica de los mismos, así como la colaboración de los Bancos Centrales con el Comité de Gobernadores de Bancos Centrales.

07.02.1992. Cumbre de Maastricht: se consagra el proceso de consecución de la moneda única europea siguiendo el modelo propugnado en el Plan Delors.

01.01.1993. Plena realización del Mercado Único: libre circulación de mercancías, personas, capitales y servicios.

01.11.1993. Se fija la composición de la cesta del ECU (España, asignado el 5,3%). Entra en vigor el Tratado de la Unión Europea o Tratado de Maastricht. Comienza la segunda fase de UEM.

01.01.1994. Se crea el Instituto Monetario Europeo (IME). Se refuerza la coordinación de las políticas económicas a escala europea. Comienza la lucha contra los déficits excesivos y la política de convergencia económica de los Estados miembros.

31.05.1995. Se adopta por la Comisión el Libro Verde sobre la Moneda única, que establece el programa de la transición a dicha moneda.

16.12.1995. Consejo Europeo de Madrid: acuerdo sobre el nombre de la moneda única, euro. Se fija el programa de introducción al euro y el calendario de transición a la moneda única.

21.06.1996. Consejo Europeo de Florencia: se confirma que la tercera fase de la UEM se iniciará el 1 de enero de 1999.

13.12.1996. Consejo Europeo de Dublín: se intensifican los preparativos para el inicio de la tercera fase de la UEM. Se aprueba el Pacto de Estabilidad y Crecimiento.

31.12.1996. El IME decide los marcos reguladores, organizativo y logístico, del Banco Central Europeo y del Sistema Europeo de Bancos Centrales. Se prepara la legislación relativa a la introducción de la moneda única.

16.07.1997. Cumbre de Amsterdam: acuerdo político sobre un nuevo Tratado para Europa. Compromiso para el estricto cumplimiento del Pacto de Estabilidad.

01.05.1998. Consejo Europeo en Bruselas: se deciden los once países que inicialmente formarán parte de la UEM. Se nombran los miembros del Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo: el holandés Win Duisemberger será su primer Presidente.

31.12.1998. El Consejo de la Unión Europea aprueba de forma definitiva los tipos de conversión entre el euro y las distintas monedas nacionales de los Estados miembros participantes de la Unión Monetaria. 1 Euro = 166,386 Pta. 

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La transición hacia la moneda única

De los modelos presentados para el paso a la moneda única, se decantaron, fundamentalmente, dos posturas: la economicista, sustentada principalmente por Alemania, que consideraba que antes del paso a la moneda única era necesaria una armonización económica y legislativa entre los Estados miembros (marcha lenta); y la monetarista, sustentada por Francia, que abogaba por un paso rápido a la moneda única, mediante la creación de una institución monetaria que estableciera los criterios económicos que debían seguir los Estados miembros.

El modelo sancionado en Maastricht se acerca a la postura economicista. En el Tratado de la Unión Europea se articula la transición en tres etapas:

 

El 1 de julio de 1990, por acuerdo del Consejo de Madrid, se inicia una etapa de consolidación del mercado interior. Los Estados miembros debían tomar las decisiones necesarias para la consecución de la libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales. Plena realización del mercado interior. Elaboración de planes de convergencia.

El 1 de enero de 1994 comienza la segunda etapa con la realización de las reformas legales e institucionales necesarias cara a la configuración de la Unión Económica y Monetaria: prohibición de financiación privilegiada de los sectores públicos, evitación de déficits públicos excesivos, creación del Instituto Monetario Europeo, de un Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) y de un Banco Central Europeo (BCE).

La tercera etapa se inicia el 1 de enero de 1999. En esta etapa se fijan de forma irrevocable los tipos de cambio al cual el euro sustituye a las monedas nacionales y ejercitan plenamente sus funciones el SEBC y el BCE.

 

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La adopción del euro

El 1 de enero de 1999 el euro se convierte en la nueva moneda de 11 Estados miembros y se introduce una nueva política monetaria única bajo la autoridad del BCE, comenzando la tercera y última etapa de la Unión Monetaria.
Legalmente, las divisas nacionales participantes dejan de existir y se convierten en "subdivisiones no decimales" del euro.
Los mercados financieros de la euroárea cambian al euro, incluyendo el cambio extranjero, los mercados de obligaciones y acciones.
El período de tres años de introducción de monedas y billetes de euro comienza, con el principio de "no compulsión, no prohibición" que signiica que las personas y empresas tiene libertad para llevar a cabo transacciones en euros, pero no están obligados a hacerlo.
El 20 junio de 2000 se elabora la Decisión sobre la inclusión de Grecia en la euro área
La cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno en el Consejo Europeo de Feira deidió que Grecia había cumplido los criterios de convergencia y que se incorporaría al euro desde enero de 2001. También se anunció el tipo de conversión del dracma griego al euro.
El 28 de septiembre de 2000 el referendum danés rechaza la inclusión en la euro área
Los daneses votan no a la adopción del euro en un referendum nacional sobre la pertenencia a la moneda única. · Septiembre de 2001: Precirculación y distribución de billetes y monedas de euro. Aunque todavía no entran legalmente en circulación, los primeros billetes y monedas de euro son distribuidos a los bancos y oficinas de correos.
El 1 de enero de 2002 Los billetes y monedas de euro entran en circulación
Alrededor de 7.80 millones de billetes de euro y 40.000 millones de monedas, aproxi-madamente, 144.000 millones de €, se ponen en circulación por los bancos centrales de los 12 países de la eurozona.
El 28 de febrero de 2002: retirada de las divisas nacionales. La fecha definitiva para el final del status legal de las divisas nacionales durante el período de cambio (dependiendo de los calendarios de los planes nacionales de cambio), significa la retirada definitiva de la circulación de las divisas nacionales. ·
El 14 de septiembre de 2003 se produce el referendum sobre la pertenencia a la zona euro de Suecia.
Suecia vota contra la adhesión a la zona euro
La tercera etapa se inicia el 1 de enero de 1999. En esta etapa se fijan de forma irrevocable los tipos de cambio al cual el euro sustituye a las monedas nacionales y ejercitan plenamente sus funciones el SEBC y el BCE.
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Ampliación de la zona euro
El 1 de enero de 2004 se adhieren 10 nuevos Estados miembrosa la zona euro (República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia).
Bulgaria y Rumanía se adhieren a la UE el 1 de enero de 2007. La eventual adopción de una moneda única forma parte de uno de los requisitos establecidos en el Tratado.
Estos países, sin embargo, introducirán el euro tan pronto como hayan cumplido las condiciones necesarias (especialmente los criterios de convergencia de Maastricht) como establece el artículo 122.2 del Tratado de la Comunidad Europea.
Eslovenia fue el primer Estado miembro que forma parte de los nuevos países adheridos en 2004, que cumplió todos los criterios de convergencia y estaba, por tanto, habilitado para adoptar el euro. Los billetes y monedas entraron en circulación en Eslovenia el 1 de enero de 2007.
El 1 de enero del 2011 Estonia
adopta como moneda el euro, siendo el último de los países en hacerlo y sumando ya 17.
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