| | Preliminar
La constitución de una
unión económica y monetaria ha estado presente a lo largo de la
historia de la Unión Europea. Han sido motivos de política interna
y de conveniencia los que en un determinado sistema de relaciones internacionales
contribuyeron a disimular la importancia de una decisión como la referida
a la creación de una moneda única aceptada por todos los países
de la Unión. Han sido los cambios en uno u otro escenario los que han empujado
a la toma de decisiones. Situación
mundial en los años 20
En
la segunda década del siglo XX, el final de la Primera Guerra Mundial,
con la exaltación de los nacionalismos que exigían una fuerte protección
que beneficiara a la producción nacional con vistas a las tareas de reconstrucción,
marcó también el del sistema librecambista que desde finales del
siglo XIX había inspirado el comercio internacional y que había
sido posible, fundamentalmente, gracias al patrón oro y la correlativa
estabilidad monetaria de las diversas divisas. Rasgos característicos de
este sistema fueron las fuertes reducciones arancelarias, la ausencia de intervencionismo
administrativo y la igualdad de trato entre mercancías nacionales y extranjeras.
El final del conflicto llevó
aparejadas fuertes subidas de la protección arancelaria de los países
así como restricciones cuantitativas, acuerdos clearing, prácticas
comerciales restrictivas y desleales y el establecimiento de controles de cambio.
Las crisis económicas de los años veinte culminan esta cascada de
despropósitos. De la magnitud de las crisis puede ser ejemplo considerar
que el marco alemán pasa en 1922 y en un corto período de tiempo
de valer 1 dólar = 162 marcos a 1 dólar = 7000 marcos, con un desplome
definitivo en 1923.
(Como se indica más
adelante la parquedad a las menciones a la unión monetaria en el Tratado
de Roma de 1957 que crea la CEE derivan de la creación del Sistema Monetario
Internacional tras la Segunda Guerra Mundial).
Los
acuerdos de Bretton Woods Para
evitar los desastres y efectos nefastos de las políticas nacionales de
empobrecimiento del vecino para asegurar el pleno empleo propio, unidos a la gran
depresión de 1929, que mostraron la necesidad del intervencionismo del
Estado para salir de las crisis económicas, se aconsejó planificar
la política a seguir a partir del día siguiente a la finalización
de la Segunda Gran Guerra. Durante los años 1943 y 1944 tuvieron lugar
reuniones entre funcionarios británicos y norteamericanos, dirigidos respectivamente
por Keynes y White. Las conclusiones
de estas reuniones se plasmaron en los famosos acuerdos de Bretton Woods (New
Hamsphire, EUA). La solución dada a los problemas de estabilidad monetaria
y de financiación internacionales se encontró en la creación
de instituciones de cooperación multilateral, especialmente el Fondo Monetario
Internacional (FMI), destinado a actuar en el ámbito monetario, el Banco
Internacional de Reconstrucción y Desarrollo (Banco Mundial) orientado
a la movilización de recursos de inversiones a largo plazo, y el Acuerdo
General sobre Aranceles y Comercio (GATT) encargado de la liberalización
de los intercambios comerciales, que vieron la luz, respectivamente, en 1944 las
dos primeras, y en 1947 la tercera. Conviene aclarar que el FMI y el BIRD son
organismos de la ONU, mientras que el GATT no es más que un simple acuerdo
internacional.
El
Sistema Monetario Internacional. A
los efectos de la unión monetaria es importante recordar que por las características
del SMI acordado en junio de 1944 en Bretton Woods y las atribuciones del FMI
en el mismo, el dólar de los EEUU pasaba a ser la moneda utilizada en las
relaciones internacionales, sirviendo de referencia en la fijación de los
tipos de cambio y como moneda de reserva de cada economía nacional.
La aplicación del acuerdo sobre
el SMI basado en el dólar tuvo como consecuencia que este país tuviera
que realizar una propuesta de relanzamiento de la economía europea a fin
de no bloquear el potencial crecimiento de su economía y evitar la quiebra
del propio sistema antes, incluso, de que entrara en funcionamiento: el Plan Marshall
en 1947.
Creación
de la CECA, CEE y CEEA El
9 de mayo de 1950 es considerado por los historiadores como la fecha clave en
el inicio de la constitución de las comunidades europeas. En ese día,
Robert Schuman, Ministro de Asuntos Exteriores francés, declara la necesidad
de poner en común la producción del carbón y del acero entre
Francia y Alemania como forma de acabar con la secular rivalidad entre ambos países.
Fruto de esta declaración, el 18 de abril de 1951 se firma el Tratado de
París por el que se crea la CECA (Comunidad Europea del Carbón y
del Acero). Este Tratado, que se firma, además de por Francia y Alemania,
por Bélgica, Holanda, Luxemburgo e Italia abría las esperanzas para
la futura cooperación política, económica y monetaria europea.
No obstante, en 1952 fracasa la propuesta de una Comunidad Europea de Defensa
y en 1953 la de una Comunidad Política Europea. Los
frutos de la cooperación europea no se recogen hasta el 25 de marzo de
1957, fecha en la que se firma el llamado Tratado de Roma que crea la CEE (Comunidad
Económica Europea) y la CEEA o EURATOM (Comunidad Europea de la Energía
Atómica). El Tratado
de Roma es un hito en el proceso de construcción europeo, aunque hay que
reconocer que apesar de que el artículo 2 de la CEE contemple la posibilidad
de la creación de una unión económica y monetaria, lo hace
de una forma indirecta e insuficiente. Incorpora únicamente algunas disposiciones
relativas a las opciones de política económica nacional respecto
del control de los déficits de la balanza de pagos y sobre el uso de la
alteración de los tipos de cambio de las monedas nacionales como instrumento
corrector de los mismos. Pese
a que en 1957 había razones para justificar el inicio de una unión
monetaria en Europa (con superávits comerciales y alto nivel de reservas
exteriores), los países iniciadores del proceso no se atrevieron a dar
el gran paso. Los motivos se basan por un lado, en el orden económico mundial
existente en los años cincuenta, encabezado por los EEUU y el dólar,
y en la política interna de los propios Estados miembros que preferían
la gestión autónoma de las políticas monetarias y de tipo
de cambio. En la década
de los sesenta se produce un lento pero progresivo avance europeísta. En
1960 se crea el FSE (Fondo Social Europeo). En 1961, coincidente con el Muro de
Berlín, se producen las primeras solicitudes de adhesión a las Comunidades
Europeas: Irlanda, Reino Unido, Dinamarca y Noruega (el largo proceso de adhesión
culminará en 1972 para los tres países primeramente citados). En
1962 se aprueba el primer Reglamento (norma comunitaria directamente aplicable
en los países miembros) sobre libre circulación de trabajadores
y se crea el FEOGA (Fondo de Orientación y Garantía Agrícola).
En 1967 se fusionan los ejecutivos previstos en las tres comunidades. En 1968
entra en vigor la Unión Aduanera.
Crisis
del Sistema Monetario Internacional
En lineas generales el SMI
funcionó bien hasta 1971. Sin embargo, la inflación de finales de
los sesenta y fortalecimiento de otras economías emergentes, como la alemana
y la japonesa, cambiaron el clima de seguridad por un ambiente de incertidumbre.
Cuando los déficits comerciales y fiscales de los Estados Unidos empezaron
a ser preocupantes (por la inflación y los gastos derivados de la guerra
del Vietnam, fundamentalmente) se desencadenaron movimientos especulativos contra
el dólar a partir de los fondos existentes en el denominado mercado de
eurodólares (dólares existentes en el mundo, especialmente en Europa,
fuera del control de las autoridades americanas) que acabaron por romper un sistema
basado en el mantenimiento de las condiciones de supremacía del dólar
más allá de las posibilidades reales de la economía americana.
El 15 de agosto de 1971 el Presidente Nixon suprime la convertibilidad del dólar
en oro y lo devalúa cinco meses más tarde con la finalidad de aumentar
las exportaciones y reducir su deuda exterior.
La
situación llevó a los seis países comunitarios a adoptar
un acuerdo monetario que impidiera, o al menos amortiguara, los efectos de la
inestabilidad monetaria sobre sus relaciones económicas y comerciales,
que desde el 1 de julio de 1968 se realizaban sin aranceles internos. Las primeras
propuestas partieron de Raymond Barre, Vicepresidente de la Comisión de
las Comunidades Europeas, en Primer Plan en 1969 y Segundo Plan en 1970.
A la vista del Primer Plan, en la Cumbre de los Jefes de Estado y de Gobierno
celebrada en La Haya los días 1 y 2 de diciembre de 1969 se afirma "será
elaborado un plan por etapas a lo largo de 1970 en vistas a la creación
de una unión económica y monetaria" (punto 8 del Comunicado de la
Cumbre). En octubre de 1970 se presenta el Plan Werner.
El Plan Werner, a la sazón Presidente y Ministro de Hacienda del gobierno
luxemburgués, se presenta en octubre de 1970 como resultado de la declaración
de La Haya, con unos planteamientos que han sido calificados de prematuros y excesivos,
pero que presentan la paradoja de servir de base al futuro Plan Delors.
El informe Werner propone, además de una unión monetaria, un refuerzo
progresivo de la coordinación de las políticas económicas
de los países de la Comunidad y la creación de un órgano
comunitario encargado de supervisarlas. Las decisiones de importancia macroeconómica
debían de ser consultadas a los restantes países.
El carácter prematuro del plan Werner puede demostrarse, en cierta medida,
además de por su fracaso, por las dificultades reales que han sobrevenido
a la construcción monetaria europea en décadas posteriores. En 1969,
fecha de elaboración, todas las monedas europeas fluctuaban, frente al
dólar, dentro de las bandas de +-1%, exclusivamente en torno a las paridades
en verdad ajustables, pero permanentemente fijas en la práctica. La movilidad,
todavía limitada, de los capitales entre los países europeos no
tenía nada que ver con la actual. De hecho el paso a tipos irrevocables
parece más realista en esas fechas que en las actuales. Las crisis monetarias
de 1971 y 1972 son las que marcan el final del sistema de Bretton Woods y escoran
el Plan Werner.
El Plan Delors, formulado
veinte años más tarde, recoge muchos de los planteamientos del Plan
Werner, entre ellos se destacan:
-
la definición precisa del objetivo a alcanzar: convertibilidad de las monedas,
movilidad de capitales y tipos de cambio irrevocables. -
consecución de una unión económica y monetaria por etapas
sucesivas. -
aumento progresivo
de la disciplina de cambio entre los países miembros. -
creación de un sistema europeo de bancos
centrales. -
convergencia
de los resultados macroeconómicos de los países.
La
Serpiente Monetaria Europea.
En diciembre de 1971 se produce el Acuerdo
del Smithsonian Institute sobre Sistema Monetario Internacional, los márgenes
de fluctuación entre el dólar y el resto de las monedas fueron ampliados
a +-2,25%, lo que en realidad suponía un margen de fluctuación muy
amplia para dos monedas europeas. Este hecho motivó la creación
del sistema europeo de cambio, más conocido como la Serpiente Monetaria
Europea: los márgenes de fluctuación entre la moneda europea más
fuerte y la más débil no podía superar el 2,25%. El 3 de
abril de 1973 se creó el FECOM cuyo objetivo era dirigir las operaciones
relacionadas con la "Serpiente". La Serpiente sobrevivió algún tiempo
preservando un mínimo de orden monetario en Europa. La crisis del petróleo
de 1972 y 1973 y las reacciones divergentes de los Estados miembros en materia
de política económica hicieron imposible para varios países
respetar los márgenes de fluctuación (de hecho el franco francés,
la libra esterlina y la lira abandonaron la Serpiente Monetaria). El objetivo
de la unión monetaria fue abandonado por mucho tiempo.
El
Sistema Monetario Europeo.
La década de los setenta fue una
época de retroceso generalizado de la disciplina en materia de cambios
en el mundo. Durante 1978 los países europeos decidieron crear una zona
de estabilidad monetaria. En concreto, en el Consejo Europeo de Bremen, celebrado
los días 6 y 7 de julio de 1978, las más altas autoridades europeas
decidieron crear un sistema monetario europeo. El Consejo Europeo reunido en Bruselas
el 5 de diciembre de 1978 adopta una resolución en la que se anuncian las
disposiciones relativas al establecimiento del SME a partir del 1 de enero de
1979. La propuesta tomó forma en marzo de 1979 con la entrada en funciones
del Sistema Monetario Europeo, que tras unos difíciles comienzos sentó
las bases para la existencia de unos tipos de cambio más estables y de
unas políticas económicas y monetarias más competentes.
El SME se basa o compone de cuatro elementos: el ecu; el mecanismo de cambio
e intervención; los mecanismos de apoyo y de crédito; y el Fondo
Europeo de Cooperación Monetaria - El Ecu.
El ecu, unidad de cuenta europea, es la unidad de medida de todas las operaciones
del SME. Se le define como una cesta de monedas, ya que su valor es igual a la
suma de cantidades fijas de cada moneda comunitaria, calculadas por referencia
a la importancia económica de cada país. Las
monedas de los Estados miembros de la UE que lo eran antes del TUE, entran en
la composición del ecu. Desde la creación del ecu, la composición
de la cesta ha sido modificada en diferentes ocasiones, la previsión era
que se realizase cada cinco años, para tener en cuenta la evolución
de las distintas monedas, en base a tres criterios: 1) participación en
el volumen de negocio comunitario; 2) el PIB; y 3) la cuota en el FECOM. A partir
de la entrada en vigor del TUE la composición del ecu no se modifica, aunque
si varía el peso relativo de cada moneda debido a que sus cotizaciones
fluctúan constantemente en el mercado de divisas. Desde el 21.09.1989,
los porcentajes respectivos de las monedas nacionales en la composición
del ecu quedaron fijados del siguiente modo (reflejándose paralelamente
su valor medio durante el mes de enero de 1998):
Moneda
| Porcentaje
| Valor medio enero/98
| | Marco alemán | 30,10% | 1.975810
DM | | Franco francés | 19,00% | 6.616820
FF | | Libra esterlina | 13,00% | 0.665059
UKL | | Lira italiana | 10,15% | 1944.670
LIT | | Franco belga/Lux. | 07,90% | 40.75970
BLF | | Florín holandés | 09,40% | 2.226630
HFL | | Peseta española | 05,30% | 167.4740
PTA | | Corona danesa | 02,45% | 7.525520
DRK | | Libra irlandesa | 01,10% | 0.786808
IRL | | Escudo portugués | 00,80% | 202.1060
ESC | | Dracma griego | 00,60% | 312.3250
DRA | |
De acuerdo con el art. 109 G del TUE,
la composición del ecu no puede ser modificada, tratando de establecer
una garantía para la estabilidad de la moneda europea: si una de las monedas
que lo componen se devaluase no conllevaría una devaluación del
ecu, pues el importe permanece invariable, disminuyendo únicamente la parte
porcentual de la moneda correspondiente en la cesta. De forma
paralela al ecu oficial, utilizado en el marco del SME y para le presupuesto de
la Comunidad, se ha desarrollado una importante esfera de actuación del
ecu privado desde 1979, cuando algunos bancos belgas abrieron a las instituciones
europeas, previa petición de éstas, cuentas a la vista y a plazo
en ecus. La verdadera expansión del ecu privado data de la creación
de un sistema de compensación entre los grandes bancos en 1982. Desde entonces,
todos los Estados miembros han reconocido jurídicamente al ecu como una
moneda extranjera. Asimismo, el mercado interior del ecu ha conocido un gran auge
desarrollándose un mercado a muy largo plazo, prueba de la confianza de
los inversores en el futuro de la moneda única europea. Las
funciones esenciales del ecu eran: - ser el denominador (numerario)
en el mecanismo de cambio
- ser la base sobre la que se establece
un indicador de divergencias
- ser el denominador para las
operaciones tanto en el mecanismo de intervención como en el mecanismo
de crédito
- ser el medio de pago entre las autoridades
monetarias en la CEE. cambio
El mecanismo de cambio e intervención.
El SME introduce un mecanismo de cambios entre las monedas del sistema
que en él participen con la obligación de limitar las fluctuaciones
dentro de unos márgenes prefijados. Para las monedas
participantes, los márgenes de fluctuación autorizados dentro del
mecanismo de cambios del SME es del +-2,25% (6% para la peseta y la libra esterlina)
-en la actualidad el margen es del +-15%- en relación con la cotización
del tipo de referencia fijado en ecus por decisión del Consejo de Ministros
de la Comunidad y que sólo puede ser modificada de mútuo acuerdo.
Este es uno de los aspectos esenciales del SME: el patrón de referencia
de las monedas de la Comunidad no es exterior (oro, dólar, yen, etc.) sino
interior al sistema. La evolución de las monedas del SME entre ellas, está
ligada a la evolución de las economías del SME. Para
corregir las previsibles desviaciones que pongan en peligro el cumplimiento de
estos compromisos (cotizaciones máximas y mínimas), los bancos centrales
tienen la obligación de intervenir con los medios a su disposición
en los mercados de cambio a fin de garantizar el mantenimiento de los tipos dentro
de esa banda de fluctuación, disponiendo de un derecho automático
a recibir financiación en cuantía limitada de los demás bancos
centrales. Los mecanismos de apoyo y de crédito. Para
facilitar la gestión del mecanismo de cambio y la financiación de
déficits de las balanzas de pago existen tres mecanismos de crédito:
- Financiación a muy corto plazo (FMCP): su objetivo es financiar
las intervenciones obligatorias en monedas comunitarias. Consiste en una linea
de crédito de importe y duración (un mes, 45 días, prorrogables
por tres meses) limitados que se abren recíprocamente, en sus monedas,
los bancos centrales que están participando en el mecanismo de cambio.
- Apoyo
monetario a corto plazo: se trata de un crédito recíproco entre
los bancos centrales de la Comunidad; su cuantía también es limitada
así como su plazo (tres meses prorrogables hasta nueve meses).
- Colaboración
financiera a medio plazo: se trata de un crédito recíproco que pueden
concederse los Estados de la Comunidad para un plazo entre dos y cinco años.
El
Fondo Europeo de Cooperación Monetaria (FECOM). Creado
el 3 de abril de 1973, el FECOM (cuyo objetivo inicial era contribuir a la realización
de la UEM por etapas) ha representado uno de los elementos fundamentales del SME
hasta su disolución a comienzos de la segundo fase de la UEM, en la que
se traspasan sus funciones y competencias al Instituto Monetario Europeo.
Dotado de personalidad jurídica, se administraba por un Consejo
compuesto de miembros del Comité de Gobernadores de los Bancos Centrales
y de la Comisión. Su función consistía en facilitar las intervenciones
en los mercados de divisas, efectuar las liquidaciones entre los bancos centrales
y gestionar las facilidades crediticias a corto plazo que se conceden los bancos
centrales emisores para poder hacer frente a las intervenciones necesarias en
cada momento. Con el SME, los bancos centrales quedaron obligados
a poner a disposición del FECOM el 20% de sus reservas en oro y divisas.
Como contrapartida a este depósito, el FECOM emitía ecus, que, los
países utilizaban para devolver las deudas contraídas a muy corto
plazo, con el fin de sostener su moneda. Esta puesta a disposición se realizaba
bajo la forma de créditos cruzados (swaps) que se renovaban cada tres meses.
El SME es, en definitiva, un sistema de
cambios fijos pero ajustables. Las monedas que participan en él están
obligadas a respetar las bandas de fluctuación predefinidas en torno a
paridades centrales. Estas paridades pueden ser modificadas ocasionalmente, aunque
sólo con el acuerdo conjunto de los participantes en el marco de los llamados
realineamientos. Entre 1979 y 1989 se efectuaron once realineamientos. Al
igual que en la Serpiente, la amplitud de los márgenes era, como se ha
indicado, del +-2,25%, que se ampliaron al +-6% para aquellos países que
deseasen imponer una disciplina de cambio (como España, Italia, Reino Unido
y Portugal), pero sin poder respetar inmediatamente márgenes estrechos,
considerados muy restrictivos. Como consecuencia de la crisis del SME de 1992
y 1993, estos márgenes fueron ampliados a un +-15%. Ello fue debido a la
incoherencia existente entre liberalización plena del comercio y, especialmente
de los movimientos de capital, y el mantenimiento de la autonomía nacional
en política monetaria. Con frecuencia las autoridades nacionales tratan
de fijar tipos de interés que permitan, por ejemplo, el control de la inflación
y la estabilización de la economía nacional, pero pueden fracasar
por la llegada masiva de capitales y de mercancías desde fuera, sin que
se puedan imponer restricciones por los acuerdos alcanzados. Debe pensarse que
el Mercado Único Europeo fue relanzado en 1985 y consagrado en el Acta
Única Europea de 1987, suponiendo un programa progresivo de eliminación
de obstáculos existentes a la libre circulación de mercancías,
servicios y capitales. La principal crítica dirigida al SME ha sido
la polarización que las políticas monetarias, principalmente antiinflacionistas
sufrieron respecto de la política económica alemana y, más
concretamente, del Bundesbank. El marco alemán se convirtió en el
ancla del SME. Este protagonismo se debió al peso del marco en la composición
del ecu y a la tenacidad alemana en el mantenimiento de una política antiinflacionista
por encima de todo. Y ello con independencia de considerar que al resto de los
gobiernos les interesaba esta situación para defender sus políticas
con gran resistencia social. Esta asimetría del SME, que inicialmente
contribuyó a su éxito (de hecho, la Comisión Europea realiza
un balance muy positivo del funcionamiento del SME), provocó también
sus grandes dificultades. A comienzos de los noventa Europa sufrió un sock
macroeconómico con la reunificación alemana. La situación
habría requerido una revaluación del marco alemán y un cierto
distanciamiento entre la política monetaria de Alemania y la de sus socios
europeos. Alemania aumentó sus tipos de interés en un momento en
que el resto de países comenzaban a entrar en una recesión generadora
de paro. El rechazo de ciertos países, como Francia, a aceptar un realineamiento,
que podía interpretarse como un abandono de la política económica
seguida hasta entonces, abriría las puertas de las crisis monetarias de
1992 y 1993.
Dos factores se han conjugado para que el objetivo de la unión monetaria
se retomara veinte años después del informe Werner. El primero de
ellos radica en el espacio financiero europeo puesto en marcha a principios de
los años ochenta que con independencia de las experiencias obtenidas del
funcionamiento del SME se concluyó la necesidad de una mayor coordinación
de las políticas económicas (informe Padoa-Schioppa de 1987). El
segundo factor radica en la dinámica que animaba a Europa a mediados de
los ochenta. En 1985 se había adoptado el proyecto de creación de
un verdadero mercado interior, que con las disposiciones del AUE debía
alcanzarse a finales de 1992. En concreto, el Acta Única Europea
(AUE), que entró en vigor el 1 de julio de 1987, representa un notable
impulso a la formación del Mercado Interior Único y una nueva aproximación
al logro de la moneda única. La creación de un mercado sin
fronteras y el estrechamiento de la interdependencia económica sentaron
las bases para una mayor coordinación de las políticas económicas,
factor fundamental para el desarrollo de una Unión Económica y Monetaria
(UEM). Los objetivos del Acta Única Europea en orden a la
aproximación a la Unión Económica y Monetaria son:
- El reforzamiento de la cohesión económica y social
entre los Estados miembros.
- La extensión de la competencia
comunitaria a los ámbitos de investigación, desarrollo tecnológico
y medio ambiente.
- La realización del Mercado Único
para el 31.12.1992.
- La confirmación del objetivo de la Unión
Económica y Monetaria (reafirmación del SME, desarrollo del ECU,
competencia comunitaria en el ámbito de la política social, etc.).
En este contexto, en la cumbre de Hannover
de junio de 1988, los doce confiaron a un comité de expertos, presididos
por Jacques Delors, entonces presidente de la Comisión, la tarea de estudiar
y proponer las etapas para llevar a cabo la UEM. El Comité de expertos
se formó con los gobernadores de los bancos centrales de los Estados miembros
de la CE y por tres expertos independientes, entre los que se encontraba el ex-ministro
de economía español, Miguel Boyer (quien curiosamente ha manifestado
hasta fechas muy recientes su escasa confianza en la viabilidad de la UEM). La
decisión política de alcanzar la unión monetaria estaba tomada
de hecho, ya que se había que esta comenzara en 1990 con la consecución
del mercado interior, la libre circulación de capitales y convergencia
económica. El Plan presentado por Delors el 13 de abril de 1989
sigue las pautas marcadas por el Plan Werner. La presentación marcó
la aparición de controversias sobre los modelos a seguir cara a la unificación.
El Plan se debatió los días 26 y 27 de junio de 1989 en la capital
de España, con la decisión final de ir progresivamente a la unión
monetaria e impulsar la preparación de una conferencia intergubernamental
sobre la unión monetaria a lo largo de 1990. Ésta tuvo lugar en
diciembre de 1990 y, en la misma se dio luz verde a los trabajos que desembocaron
en la negociación y posterior aprobación del Tratado de la Unión
Europea. En cuanto a las controversias suscitadas en la Cumbre de Madrid
puede indicarse que, por un lado, se planteó el enfoque de "terapia de
choque". La unificación monetaria debía realizarse en un corto período
de tiempo, por sorpresa. Por otro, conforme a Delors, el enfoque progresivo
y cooperativo. La unión se conseguiría en diversas etapas en las
cuales la disciplina y coordinación monetaria, así como la presupuestaria
van aumentando progresivamente. Por último, se planteó la
propuesta británica, el llamado Plan Lawson-ministro de economía
británico- que sugería dejar circular libremente en toda la Comunidad
a las monedas de los países miembros. Los agentes económicos o,
lo que es lo mismo, el mercado designaría, al final, la mejor moneda europea.
Esta propuesta se vio completada por el plan Major, que proponía que el
Fondo Monetario Europeo pusiera en circulación un ecu reforzado, que iría
suplantando progresivamente a las monedas nacionales. Lo único que subsiste
del plan Major es la idea del refuerzo del ecu: desde 1992 la composición
del ecu se congeló, lo que condujo a que las monedas fuertes aumentaran
su peso con el paso del tiempo. Un paso más se dió en el
Consejo Europeo de Dublín del 25 y 26 de junio de 1990, al fijarse para
el siguiente 14 de diciembre el comienzo de la Conferencia Intergubernamental
sobre la UEM, disponiéndose que un día después se iniciaría
la relativa a la Unión Política. Según las previsiones,
se cumplieron los plazos inicialmente previstos para la UEM, y en menos de un
año, el 11 de diciembre de 1991, se concluía la doble Conferencia
Intergubernamental, con la redacción de los artículos del Tratado
de Maastricht, que una vez incorporados al texto básico dieron lugar al
Tratado de la Unión Europea.
Tratado adoptado en la Cumbre de Maastricht,
el 7 de febrero de 1992, asume, finalmente, el procedimiento cooperativo y progresivo
para la UEM. No obstante, dos países, el Reino Unido y Dinamarca obtuvieron
el beneficio de una cláusula de excepción. El Tratado de
Maastricht consagra el proceso de consecución de la moneda única
europea siguiendo el modelo propugnado por Delors, ya que las modificaciones introducidas
se referían fundamentalmente a la concepción de la segunda fase,
que se iniciaría dos años más tarde de lo en aquél
establecido y sin cesión de competencias al SEBC. Para ello propone la
creación de nuevas instituciones, siendo la principal de ellas el Sistema
Europeo de Bancos Centrales (SEBC) con el Banco Central Europeo. Asimismo, el
Tratado prevé un calendario preciso para alcanzar el objetivo en tres fases.
Sin embargo, la entrada definitiva en la unión monetaria dependerá
del cumplimiento por parte de los Estados miembros de los criterios de convergencia.
De manera esquemática podemos indicar el planteamiento de la UEM en el
Tratado: - 27 artículos (del 102A al 109M integrantes del Título
VI)
- 7 Protocolos:
- Estatutos del SEBC y
del BCE (núm. 3)
- Estatutos del Instituto Monetario Europeo
(núm. 4).
- Procedimiento aplicable en caso de déficit
excesivo (núm. 5)
- Criterios de convergencia (núm.
6)
- Condiciones para la transición a la tercera fase de la
UEM (núm. 10)
- Estatuto opting out para Gran Bretaña
y Dinamarca (núm. 11 y 12)
Como se ha indicado, la primera
etapa de la marcha hacia la unión monetaria se inicia en 1990, antes de
la ratificación del Tratado de Maastricht. Esta etapa se caracteriza por
la liberalización completa de los movimientos de capitales y, en un sentido
más general, por el logro del mercado único, y por un refuerzo de
la coordinación y control multilateral de las políticas económicas
(los Estados se comprometían a presentar "programas de convergencia" destinados
a aproximar y mejorar sus resultados económicos). El paso a la segunda
etapa se efectúa el 1 de enero de 1994. El art. 109 E del Tratado indica
su duración de 1994 a 1997. El IME se encuentra en funcionamiento desde
entonces al tiempo que los países miembros se someten a dos tipos de medidas
nuevas: La primera de ellas está relacionada con la independencia
de los bancos centrales con respecto a los poderes políticos y la prohibición
del financiamiento de los déficits públicos. La segunda tiene
que ver con la convergencia económica. Los Estados deben esforzarse en
respetar los deferentes criterios de convergencia. El control de estos criterios
corría a cargo de la Comisión y del IME. El Instituto Monetario
Europeo entró en funcionamiento el 1 de enero de 1994 sustituyendo al Comité
de Gobernadores de los Bancos Centrales de la CE y del FECOM. La tercera
fase se inicia con la fijación irrevocable de los tipos de cambio entre
las monedas de los países implicados. El 1 de enero de 1999 el SEBC sucede
al IME y el euro se convierte juridicamente en la única moneda de la Unión.
La
crisis del Sistema Monetario Europeo.
La crisis que experimentó el SME
entre el verano de 1992 y el verano de 1993 aparecen como muy espectaculares ya
que se producen a continuación de un largo período de funcionamiento
relativamente armonioso del sistema. Éste no había requerido ningún
realineamiento verdadero desde 1987; la modificación del tipo de pivote
de la lira en 1990 no había tenido otra finalidad que la de permitir a
la moneda italiana pasar de las bandas amplias de fluctuación (+- 6%) a
las bandas consideradas como normales (+-2,25%). Paralelamente, la libra esterlina,
la peseta y el escudo se habían incorporado al mecanismo de cambios, dejando
, en abril de 1992, sólo al dracma griego en situación de flotación.
Asimismo, el SME parecía haberse adaptado a la movilidad creciente de capitales
en Europa, a pesar de la falta de una verdadera coordinación de las políticas
monetarias. Es en este contexto en el que sobrevendrán, en junio de 1992,
las primeras tensiones. Aunque puede que no haya supuesto más que
efecto catalizador, el resultado negativo del referéndum danés,
el 2 de junio de 1992, para ratificar el Tratado de Maastricht, se considera a
menudo como el punto de partida de la crisis del SME. El no danés fue interpretado
por los mercados como el primer signo de debilidad de la propuesta de la futura
UEM. La unión se veía como algo asequible. La reunificación
alemana, con el sock macroeconómico consiguiente para dicho país,
dado que hubo que destinar miles de millones de marcos a la antigua Alemania del
Este, produjo una demanda interior espectacular mente alta de su moneda. Dado
que la revaluación del marco no se producía sin que el resto de
monedas fuesen atacadas, todos parecían admitir que Europa funcionaba como
una unión monetaria de hecho. Sin embargo, cuando el Bundesbank aumentó,
en julio de 1992, sus tipos de interés, en respuesta a la persistencia
de las tensiones inflacionistas, se puso de manifiesto que la convergencia entre
las economías europeas no era tan pronunciada como se pensaba. En aquellos
momentos economías como la de Francia, Reino Unido e Italia hacían
frente a un crecimiento débil y aumento del desempleo. La lira y la libra
fueron las primeras monedas en soportar movimientos especulativos en el seno del
SME. La sucesión de acontecimientos no es más que una larga
lista de renunciamientos por parte de las autoridades monetarias y políticas
para afrontar verdaderas oleadas especulativas. Italia fue el primer país
en aceptar, el 13 de septiembre, una devaluación de su moneda, pero su
amplitud (el 7%) fue considerada insuficiente. El Bundesbank hizo el esfuerzo
de bajar simultáneamente sus tipos directores, aunque todavía muy
débilmente a los ojos de los mercados. Estos últimos parecían
convencidos que había llegado la hora de los realineamientos. Bajo
la presión de la especulación, la lira y la libra renunciaron el
16 de septiembre a su participación en el SME, mientras que la peseta era
devaluada. La muy débil mayoría favorable al Tratado de Maastricht
puesta de manifiesto en el referéndum francés de 20 de septiembre
contribuyó muy poco a asegurar el futuro de la UEM. El SME sobrevivió
a 1992 gracias a la drástica intervención del Banco de Francia y
un endurecimiento del control de cambios en Irlanda, Portugal y España,
más una devaluación de la peseta (la segunda) y del escudo.
El año 1993 comenzó con una devaluación de la libra
irlandesa (30 de enero), mientras que varios países persistían en
mantener sus tipos de interés en niveles muy elevados a pesar de la coyuntura
muy desfavorable. El 18 de mayo la peseta y el escudo fueron nuevamente devaluados
y las tentativas francesas para reducir los tipos de referencia del Banco de Francia
tropezaron con el nivel base constituido por los tipos alemanes. En julio, un
nuevo brote especulativo trae consigo la ampliación de los márgenes
del SME del +-2,25 al +-15%. Esta medida contribuyó a mitigar la especulación
pero la Europa monetaria había sufrido una crisis espectacular. El régimen
de cambios del SME más que fijos parecían próximos a una
flotación controlada. El 12 de octubre de 1993 Alemania ratifica el Tratado
de Maastricht por escaso margen. Las crisis del SME tienen difícil
explicación. Se aduce la caída del muro de Berlín en 1989
y la unificación alemana de 1990, la caída del telón de acero,
la pérdida de competitividad de Italia y Reino Unidos con índices
de inflación superiores a los de sus socios, la relajación de la
política monetaria, etc. No existe acuerdo sobre las causas, lo que si
parece que queda claro es que en un entorno de alta movilidad de capitales, resulta
prácticamente imposible la viabilidad de un régimen de cambios fijos
sin una verdadera coordinación monetaria.
En el avance hacia la UEM, y a partir de las
disposiciones del Tratado de Maastricht, el Consejo Europeo celebrado en Madrid
en diciembre de 1995 adoptó las prescripciones definitivas para la tercera
fase de la UEM (lo que se conoce como el calendario de Madrid) con sus tres etapas
sucesivas -A, B y C- que cubren desde el 1 de enero de 1998 al 30 de junio del
2002. En el Consejo de Madrid también se acordó, a iniciativa de
Alemania, el cambio de denominación de la moneda común, pasando
a denominarse euro en vez de ecu. Consejos
Europeos de Florencia y Dublín
El Consejo Europeo volvió a confirmar en Florencia, en junio de 1996,
que la tercera fase de la UEM comenzaría el 1 enero de 1999, tal como se
acordó en el Consejo Europeo de Madrid. Con relación a la UEM se
adoptaron los siguientes acuerdos: - Confirmación del
inicio de la Tercera Fase el 1 de enero de 1999.
- Realización
de los trabajos preparatorios para la creación de un Mecanismo de Tipos
de Cambio 2 (MTC2 o SME2), que regule las relaciones entre el euro y las monedas
de los Estados miembros de la UE que no participen en la UEM.
- Realización
de los trabajos preparatorios sobre la estabilidad presupuestaria en la Tercera
Fase.
El Consejo Europeo celebrado en diciembre de 1996 en Dublín
aclara que la tercera fase no podría comenzar antes del 1 de enero de 1999
dado que es necesaria una mayor convergencia entre los países europeos.
Con relación a la UEM se lograron acuerdos no definitivos sobre:
- La nueva estructura del Mecanismo de Tipos de Cambio-2.
-
El desglose del Proyecto de Reglamento sobre el régimen legal del euro
en dos reglamentos:
- Reglamento sobre determinadas disposiciones
relativas a la introducción del euro.
- Reglamento sobre la
introducción del euro.
- Los principios y principales
elementos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento.
- Se insta a intensificar
los preparativos de la UEM para su inicio el 1.01.1999.
- Se fija
que la evaluación respecto al nivel de cumplimiento de los criterios de
convergencia por los Estados miembros se efectuará lo antes que sea posible
en el año 1998.
También en diciembre de 1996, el IME
decide los marcos reguladores, organizativo y logístico, del Banco Central
Europeo y del Sistema Europeo de Bancos Centrales, preparándose la legislación
relativa a la introducción de la moneda única.
La Cumbre a celebrar en Amsterdam el 16 y 17 de junio de 1997 tenía
como uno de sus objetivos la de dar credibilidad al euro aprobando el llamado
pacto de estabilidad y crecimiento. Este pacto era previsible con base al art.
104 C.2 del Tratado de Maastricht, e inicialmente lo propusieron los alemanes,
produciéndose a partir de esta propuesta largas negociaciones, hasta que
por fin, los Ministros de Economía y los Jefes de Gobierno de los quince
se pusieron de acuerdo en Dublín el sábado 14 de diciembre de 1996,
comprometiéndose a no tolerar déficit mayores del 3% del PIB.
En fechas previas a la Cumbre, Francia y Alemania pusieron en peligro el
acuerdo precedente. Por un lado, los alemanes sostenían el cumplimiento
inflexible del 3% del déficit respecto al PIB; el Ministro de Finanzas
alemán, Teo Waigel, llegó incluso a afirmar que si no se firmaba
el pacto de estabilidad, es decir, un plan por el los países del euro debían
mantenerse dentro de un ajuste presupuestario permanente bajo pena de sanción,
Alemania no entraría en la moneda única. Conviene aclarar
que la postura alemana derivaba de las frustraciones sufridas en Maastricht en
la que ninguna de sus propuestas para una mayor integración política
o un mayor protagonismo del Parlamento Europeo fueron aceptadas. De la ambiciosa
visión del canciller Helmut Kohl, una Europa unida, quedó en sólo
una unión monetaria. En 1992, cuando se firmó el Tratado de Maastricht,
ya podía preverse que Alemania tendría dificultades con su déficit
y deuda pública. Por decisiones políticas tanto el Gobierno como
el Parlamento habían decidido que la financiación hacia la ex-RDA
vendría por vía de deuda pública. En principio, este hecho
debía dificultar la convergencia descrita en Maastricht pero dadas las
favorables perspectivas económicas no se consideró conveniente informar
a la opinión pública alemana sobre estos detalles. Sin embargo,
la crisis de principios de los noventa terminó llegando a Europa y con
ella la opinión pública alemana comenzó a desconfiar en la
nueva moneda. La única manera de dar confianza era la de mantener la inflexibilidad
en el cumplimiento de los criterios económicos y sostener que Alemania
no haría concesiones presupuestarias para capítulos sociales.
Por su parte, los franceses, liderados por Lionel Jospin, afrontaban la
Cumbre bajo el lema "construir Europa sin destruir Francia", en la que, contrario
al Pacto, consideraban que para que fuese aceptable la construcción de
una Europa económica debía de acompañarse de una Europa social.
Debe considerarse que en las semanas anteriores a la cumbre de Amsterdam el resultado
de las elecciones francesas y la demanda del nuevo Primer Ministro francés
de tener una Unión Europea más próxima a los intereses de
los ciudadanos, especialmente referido al empleo, añadió dudas sobre
el Pacto de Estabilidad y sobre el proyecto europeo en sí mismo. Para los
mercados financieros era inviable una moneda europea sin que participasen Francia
y Alemania. En Amsterdam se acepta el Pacto de Estabilidad y Crecimiento
acordado en la cumbre de Dublín en cuanto a las reglas de límite
de déficit excesivo en la tercera fase de la UEM y se recoge el objetivo
de enfatizar en la promoción de empleo en un capítulo específico.
El Tratado de Amsterdam recoge la prioridad de aproximar la Unión
Europea a la preocupación de los ciudadanos europeos, llegando a acuerdos
sobre temas como la seguridad, el empleo, la política exterior, la defensa,
y la legitimidad de las instituciones europeas. Este Tratado contiene
cuatro objetivos básicos: - hacer del empleo y de los
derechos de los ciudadanos el eje de la Unión;
- suprimir
los últimos obstáculos a la libre circulación y reforzar
la seguridad;
- hacer que la voz de Europa transcienda mejor al mundo;
y
- hacer más eficaz el entramado institucional de la Unión
con miras a la próxima ampliación.
En cuanto a las actuaciones
sobre el empleo, si bien el Tratado reconoce que son los Estados Miembros los
que tienen la responsabilidad principal, también proclama la necesidad
de consensuar unos objetivos comunes a nivel europeo en materia de empleo. Concretamente,
con el Tratado de Amsterdam, los gobiernos de cada Estado se comprometen a orientar
sus políticas de empleo en consonancia con la política económica
de la Comunidad, a promover una mano de obra cualificada capaz de adaptarse a
los cambios económicos, y a crear un sistema de vigilancia multilateral
de las políticas nacionales. Otro aspecto a desarrollar en cuanto a la
política social es la de compaginar la flexibilidad del mercado laboral
con la seguridad del empleo. Respecto al objetivo de suprimir los últimos
obstáculos a la libre circulación y reforzar los medios para garantizar
la seguridad, con el Tratado de Amsterdam los asuntos de justicia e interior se
someten a las reglas comunitarias. Además el espacio de Schengen se integra
en la Unión, ya creado en 1990 por Alemania, Francia y los países
del Benelux, con objeto de suprimir los controles fronterizos en las carreteras
y los aeropuertos. El nuevo Tratado propone actuar unidos para transmitir
con una sola voz la sensibilidad de Europa ante determinados acontecimientos internacionales.
Para ello propone más medios para defender los intereses económicos
de la Unión en los mercados nuevos como la propiedad intelectual y los
servicios, propone fijar marcos estratégicos comunes en materia de política
exterior y de seguridad. Además se crea una célula de especialistas
con el fin de vigilar el desarrollo de determinados acontecimientos internacionales
y sus posibles efectos sobre la Unión, facilitando al Consejo la adopción
rápida de decisiones. Por último, propone ahondar en la creación
de una identidad europea de seguridad y de defensa. Finalmente, este Tratado
propone adaptar las estructuras institucionales europeas para mejorar su funcionamiento
ante la futura ampliación; así, en materia de legislación
el Parlamento y el Consejo pasan a decidir conjuntamente situando a ambos en igualdad
de condiciones. Además, en previsión de la próxima ampliación,
el Consejo extiende la posibilidad de adoptar decisiones por mayoría cualificada
a nuevos ámbitos de actuación pública. También, se
alienta una mayor participación de los parlamentos nacionales en los asuntos
de la Unión. Por otro lado, se incluye la noción de avance a distintas
velocidades, el llamado principio de flexibilidad refiriéndose a la posibilidad
de que un cierto número de Estados Miembros coopere en ámbitos específicos
dentro del marco institucional de la Unión. Por último, se prevé
un cambio en el peso relativo de los estados miembros en las distintas instituciones
con el fin de facilitar el funcionamiento del entramado institucional europeo.
En detalle, con relación a la UEM en Amsterdam se adoptaron los
siguientes acuerdos: - Resolución por la que se establece
el firme compromiso de los Estados miembros con la ejecución del Pacto
de Estabilidad y Crecimiento.
- Acuerdo sobre los dos Reglamentos
que fijan un marco de vigilancia multilateral, con obligaciones para todos los
Estados de la UE, incluso los que no participan en el área del euro.
-
Resolución sobre los principios y elementos fundamentales del nuevo Mecanismo
de Tipos de Cambio (MTC2).
- Acuerdo completo con los dos reglamentos
que constituyen el marco jurídico del euro.
- Respaldo a la
elección del diseño de las monedas fraccionarias del euro.
Los
tres días de mayo (la Cumbre de Bruselas)
En el Consejo Europeo celebrado en Bruselas
los días 1 a 3 de mayo se decide que países van a formar parte inicialmente
de la unión monetaria:
| Alemania |
Austria | Bélgica |
España | Finlandia |
Francia |
| Holanda | Irlanda |
Italia | Luxemburgo |
Portugal | |
Quedan inicialmente fuera: Dinamarca, Gran Bretaña,
Grecia y Suecia El Consejo Europeo recomienda los nombramientos de:
Win DUISEMBERGER, presidente del BCE por una duración de ocho años.
Christian NOYER, vicepresidente por una duración de cuatro años.
Otmar ISSING (alemán, duración ocho años), Tommaso
PADOA SCHIOPPA (italiano, duración 5 años), Eugenio
DOMINGO SOLANS (español, duración 6 años) y, Sirkka
HÄMÄLÄIEN (finlandesa, duración 5 años), miembros
del comité directivo. Estos nombramientos se someten a la decisión
de los gobiernos de los Estados miembros a nivel de los jefes de Estado o de gobierno
de los países partícipes en la UEM, previa consulta al Parlamento
Europeo y al consejo del IME. En el ECOFIN previo a este Consejo Europeo
se fijan las paridades bilaterales de las monedas partícipes, que se utilizarán,
en su día, para la fijación de las tasas de conversión irrevocables
de estas monedas en la UEM respecto del EURO. Se adoptan por unanimidad
la regulación de la denominación y de las especificaciones técnicas
de las monedas del euro. Se reafirma el compromiso de los gobiernos en
la estabilidad y el saneamiento de las finanzas públicas y de reforzamiento
de los mecanismos de vigilancia sobre los presupuestos nacionales y sobre la coordinación
de las políticas económicas. El Consejo de la Unión
Europea en su reunión de 31 de diciembre de 1998 aprueba de forma definitiva
los tipos de conversión entre el euro y las distintas monedas nacionales
de los Estados miembros participantes de la Unión Monetaria. Este acuerdo,
que se refleja en el Reglamento núm. 2866/98, publicado en el Diario Oficial
de las C.E., Serie L núm. 359 de 31 de diciembre, es el siguiente:
- 1 EUR= 40.3399 BEF
- 1.95583 DEM
166.386 ESP 6.55957 FRF .787564 IEP 1936.27 ITL 40.3399 LUF
2.20371 NLG 13.7603 ATS 200.482 PTE 5.94573 FIM
Por
Decisión del Consejo de 19 de junio de 2000 (publicada en el DOCE serie
L, núm. 167 de 7 de julio), Grecia forma parte de la UEM desde el 1 de
enero del 2001, y su moneda, la dracma, tiene la equivalencia de 1 EUR = 340.750
GRD.
En fechas actuales España está
plenamente integrada en la Unión Europea y participa como miembro fundador
de la unión económica y monetaria. Pero esta situación que
parece normal, no ha sido precisamente la norma a lo largo de nuestra historia
económica. La norma, por el contrario, ha sido el distanciamiento entre
la evolución de nuestro país y los países de nuestro entorno,
de los que, en general, nos manteníamos aislados. Por un tortuoso y lento
camino se ha transitado del aislamiento secular a la plena integración.
En 1808, durante la guerra de Independencia, fue acuñada por José
Bonaparte la primera peseta. Hasta la primera mitad del siglo XIX
existían en España monedas de épocas y sistemas diferentes:
convivían monedas de la época romana como el sestero con reales,
onzas, duros, pesos, maravedíes y pesetas. En 1868, en concreto
el 19 de octubre, el General Serrano promulga un Decreto de reforma por el que
la peseta se convertía en moneda oficial y única en los territorios
españoles, con la misma ley y peso que el franco francés. La peseta
se dividía en 100 céntimos (de 10, 5, 2 y 1) y monedas de plata
de 5 pesetas (también llamado duro). En el diseño de estas monedas
interviene como responsable grabador de la Casa de la Moneda el italiano Luis
Marchioni. En 1874 se retira el privilegio de emisión de moneda
a los bancos privados. Con Alfonso XII aparecen las monedas de 5 y 10 céntimos
conocidas como perras chicas y gordas. Durante el siglo XIX y primer
tercio del siglo XX, España no pudo adherirse al patrón oro, aceptado
entonces como sistema monetario internacional por los países relevantes
de la época. La tardía incorporación española a los
movimientos europeos de modernización económica coincide con la
quiebra ferroviaria de 1866 que provoca una grave crisis económica en nuestro
país. Terminada la guerra civil, era impensable que nuestro
país (aislado por razones políticas de la toma de decisiones a nivel
internacional, quedó al margen de las reuniones internacionales de las
que nacieron la cooperación económica en el ámbito mundial
y europeo) pudiera participar en las tareas de cooperación internacional,
sin realizar un cambio profundo tanto en sus políticas como en sus condiciones
económicas de aislamiento, caracterizadas por la inflación (como
procedimiento para financiar el desarrollo), la protección (como método
para mantener nuestro producción al margen de la competencia internacional)
y un fuerte intervencionismo estatal. A mediados de los cincuenta,
el apoyo argentino con Perón y los sucesivos convenios con los EUA mantuvieron
la economía nacional, pero no paliaron la continuada pérdida de
las reservas internacionales. El modelo autárquico estaba definitivamente
agotado. La necesidad de estabilizar la economía y liberalizarla
buscando la eficacia en un mejor funcionamiento de los mercados, rompiendo con
el aislamiento, se produjo a finales de los cincuenta. Un lustro después
de los convenios con los EUA, de 1953, se iniciaron procesos de cambio, aunque
con muchas trabas de carácter político, ya que se pensaba que una
apertura económica podría conducir hacia una inevitable liberalización
política. El movimiento liberalizador venía empujado por el comienzo
del turismo y la afluencia de recursos provenientes de la emigración. Se
inicia en estos años una etapa de tecnocracia y crecimiento económico
orientada a limitar el gasto público, liberalizar el comercio exterior,
ordenar la banca y favorecer las inversiones extranjeras. En 1959
se aprobó el Plan de Estabilización y de Liberalización con
el respaldo del Fondo Monetario y de la OECE (organización europea de cooperación
económica). Es en estos años cuando se produce la progresiva incorporación
española a los organismos internacionales: 1955:
incorporación a la ONU. 1958: incorporación al Fondo
Monetario Internacional y al Banco Mundial. 1959, incorporación
a la OECE, precedente de la OCDE (organización de cooperación y
desarrollo económico). 1963: incorporación al GATT,
precedente de la reciente OMC. La tarea de integración
europea fue más complicada. Con el grave lastre de la homologación
política, el acercamiento español a la CEE se produce más
por necesidad que por voluntad real: los avances experimentados en política
agrícola en la Europa de los seis ponían en peligro las exportaciones
españolas y, además, la solicitud de ingreso del Reino Unido podía
agravar el aislamiento español. El primer intento de acercamiento serio
se produce el 9 de febrero de 1962 con la solicitud formal de "la apertura de
negociaciones con objeto de examinar la posibilidad de vinculación de mi
país con la CEE" realizada por el entonces ministro de AA.EE. Fernando
María Castiella. La solicitud se guardó en el cajón de archivos.
En 1964 se volvió a insistir en el tema. Entre 1964 y 1965
se propuso al gobierno español por parte de Bruselas un acuerdo comercial
que fue rechazado. En 1967, cinco años después de la primera solicitud,
empezó una verdadera negociación. En 1970, en Luxemburgo, se firma
un "acuerdo preferente" con indudables ventajas para España, que sin embargo
poco difería de los firmados por la Comunidad con Túnez, Marruecos
o Israel. Este hecho fue presentado a la opinión pública española
como un primer paso en el proceso de aceptación de nuestro país
en el círculo europeo. La transición a la democracia
es punto de partida clave para el acercamiento en serio de nuestro país
a la CEE. Después de siete años de negociaciones, aunque realmente
serias fueron cuatro de 1982 a 1985, el 12 de junio de 1985 se firma el Tratado
de Adhesión. España se incorporaba a la Comunidad como miembro de
pleno derecho el 1 de enero de 1986, es decir, con 29 años de retraso.
Desde esa fecha, España participa activamente en el movimiento europeísta.
En junio de 1989, España entra a participar en el mecanismo de cambios
del Sistema Monetario Europeo (con un margen de fluctuación de un +-6%),
con diez años de retraso. Hasta esa fecha, la peseta fluctuaba libremente.
En 1992 se produce la convulsión monetaria en Europa, que provoca sucesivas
devaluaciones de la peseta. En 1995 se inicia los planes de ajuste
económico para tratar de incorporar a nuestro país en la Unión
Económica Monetaria. En 1997, en un período de cierto
optimismo monetario, se crea por Real Decreto 363/97 la Comisión Interministerial
para la Coordinación de Actividades de Introducción del Euro, ostentando
la Presidencia el Ministro de Economía y Hacienda y la Secretaría
el Director General del Tesoro y Política Financiera. En diciembre de ese
mismo año se aprueba el Plan Nacional de Transición al Euro.
En mayo de 1998, en la Cumbre europea de Bruselas, se da el conforme para
que España entre a formar parte de la Unión Monetaria el 1 de enero
de 1999. El 31 de diciembre de 1998 se determina que la nueva moneda
europea, el euro, equivalga a 166,386 pesetas Como se ha indicado,
hoy en día nuestra economía está plenamente integrada. España
forma parte de todos los organismos económicos internacionales, incluida
la UE y la UEM. Pero, como ha quedado reflejado, no siempre fue así y el
camino no siempre fue fácil. Porque la adaptación necesaria para
incorporarse a la comunidad internacional y para cumplir las exigencias comunitarias,
ha debido hacerse en el marco de una economía internacional, sometida a
cambios profundos y rápidos como consecuencia de los avances del proceso
de globalización, al que nadie hoy puede sustraerse.
Los
pasos previos a la Unión Monetaria en fechas
18.04.1951. Se firma el Tratado de París por el que se constituye la
CECA (Comunidad Europea del Carbón y del Acero) integrada por seis países:
Francia, Alemania, Bélgica, Holanda, Luxemburgo e Italia. 25.03.1957.
Se firma en Roma los Tratados constitutivos de la CEE (Comunidad Económica
Europea) y CEEA (Comunidad Europea de la Energía Atómica). 30.07.1962.
Entra en vigor la política agraria común (PAC). 01.07.1967.
Entra en vigor el Tratado de Fusión de los Ejecutivos de las tres Comunidades
Europeas, firmado en abril de 1965, por el se constituye un Consejo y una Comisión
únicos. 01.07.1968. Se pone en práctica la Unión Aduanera:
las mercancías circulan en la Comunidad Económica Europea sin ningún
tipo de limitación y sin pagar derechos de aduanas. Se crea un arancel
exterior común. 01.12.1969. Cumbre Europea de La Haya: se acuerda
la elaboración de un plan por etapas con vistas a la creación de
una unión económica y monetaria. 01.10.1970. Presentación
del Plan Werner: precedente básico del Plan Delors, proponía la
consecución de una unión económica y monetaria europea en
etapas sucesivas 30.12.1970. Se pone en práctica por los Estados
miembros una política comercial común. 24.04.1972. Se crea
la Serpiente Monetaria Europea: los Estados miembros deciden limitar los márgenes
de fluctuación de las monedas europeas, entre ellas y con respecto al dólar.
01.04.1973. Se crea el FECOM (Fondo Europeo de Cooperación Monetaria)
encargado de prestar apoyo a los países comunitarios en el marco de sus
operaciones financieras. 13.03.1979. Se pone en marcha el Sistema Monetario
Europeo. Se establece un sistema de cambios fijo con bandas de fluctuación.
Se establece el ECU (Unidad de Cuenta Europeo). 07.10.1979. Primera elección
por sufragio universal de los cuatrocientos diez miembros del Parlamento Europeo.
01.07.1987. Entra en vigor el Acta única Europea, firmada en Luxemburgo
el 18.02.1986. 01.06.1988. Cumbre de Hannover: se confía a un comité
de expertos, presididos por Jacques Delors, la tarea de estudiar y proponer las
etapas para llevar a cabo la UEM. 13.04.1989. Presentación del Plan
Delors. 26.06.1989. Cumbre de Madrid: se debate el Plan Delors y se toma
la decisión de ir progresivamente a una unión monetaria. 01.07.1990.
Se inicia la primera fase de la UEM. En esta etapa se suprimen, con escasas excepciones,
todas las restricciones a la circulación de dinero y capitales entre los
Estados miembros, se intensifica la coordinación y supervisión conjunta
de la política económica de los mismos, así como la colaboración
de los Bancos Centrales con el Comité de Gobernadores de Bancos Centrales.
07.02.1992. Cumbre de Maastricht: se consagra el proceso de consecución
de la moneda única europea siguiendo el modelo propugnado en el Plan Delors.
01.01.1993. Plena realización del Mercado Único: libre circulación
de mercancías, personas, capitales y servicios. 01.11.1993. Se fija
la composición de la cesta del ECU (España, asignado el 5,3%). Entra
en vigor el Tratado de la Unión Europea o Tratado de Maastricht. Comienza
la segunda fase de UEM. 01.01.1994. Se crea el Instituto Monetario Europeo
(IME). Se refuerza la coordinación de las políticas económicas
a escala europea. Comienza la lucha contra los déficits excesivos y la
política de convergencia económica de los Estados miembros. 31.05.1995.
Se adopta por la Comisión el Libro Verde sobre la Moneda única,
que establece el programa de la transición a dicha moneda. 16.12.1995.
Consejo Europeo de Madrid: acuerdo sobre el nombre de la moneda única,
euro. Se fija el programa de introducción al euro y el calendario de transición
a la moneda única. 21.06.1996. Consejo Europeo de Florencia: se
confirma que la tercera fase de la UEM se iniciará el 1 de enero de 1999.
13.12.1996. Consejo Europeo de Dublín: se intensifican los preparativos
para el inicio de la tercera fase de la UEM. Se aprueba el Pacto de Estabilidad
y Crecimiento. 31.12.1996. El IME decide los marcos reguladores, organizativo
y logístico, del Banco Central Europeo y del Sistema Europeo de Bancos
Centrales. Se prepara la legislación relativa a la introducción
de la moneda única. 16.07.1997. Cumbre de Amsterdam: acuerdo político
sobre un nuevo Tratado para Europa. Compromiso para el estricto cumplimiento del
Pacto de Estabilidad. 01.05.1998. Consejo Europeo en Bruselas: se deciden
los once países que inicialmente formarán parte de la UEM. Se nombran
los miembros del Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo: el holandés
Win Duisemberger será su primer Presidente. 31.12.1998. El Consejo
de la Unión Europea aprueba de forma definitiva los tipos de conversión
entre el euro y las distintas monedas nacionales de los Estados miembros participantes
de la Unión Monetaria. 1 Euro = 166,386 Pta.
La
transición hacia la moneda única
De los modelos presentados para el paso
a la moneda única, se decantaron, fundamentalmente, dos posturas: la economicista,
sustentada principalmente por Alemania, que consideraba que antes del paso a la
moneda única era necesaria una armonización económica y legislativa
entre los Estados miembros (marcha lenta); y la monetarista, sustentada por Francia,
que abogaba por un paso rápido a la moneda única, mediante la creación
de una institución monetaria que estableciera los criterios económicos
que debían seguir los Estados miembros. El modelo sancionado en
Maastricht se acerca a la postura economicista. En el Tratado de la Unión
Europea se articula la transición en tres etapas:
El 1 de julio de 1990, por acuerdo del Consejo de Madrid, se inicia una
etapa de consolidación del mercado interior. Los Estados miembros debían
tomar las decisiones necesarias para la consecución de la libre circulación
de personas, mercancías, servicios y capitales. Plena realización
del mercado interior. Elaboración de planes de convergencia. El
1 de enero de 1994 comienza la segunda etapa con la realización de las
reformas legales e institucionales necesarias cara a la configuración de
la Unión Económica y Monetaria: prohibición de financiación
privilegiada de los sectores públicos, evitación de déficits
públicos excesivos, creación del Instituto Monetario Europeo, de
un Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) y de un Banco Central Europeo (BCE).
La tercera etapa se inicia el 1 de enero de 1999. En esta etapa se fijan
de forma irrevocable los tipos de cambio al cual el euro sustituye a las monedas
nacionales y ejercitan plenamente sus funciones el SEBC y el BCE.
El 1 de enero de 1999 el euro se convierte
en la nueva moneda de 11 Estados miembros y se introduce una nueva política monetaria
única bajo la autoridad del BCE, comenzando la tercera y última etapa de la Unión
Monetaria. Legalmente, las divisas nacionales participantes dejan de existir
y se convierten en "subdivisiones no decimales" del euro. Los mercados financieros
de la euroárea cambian al euro, incluyendo el cambio extranjero, los mercados
de obligaciones y acciones. El período de tres años de introducción de monedas
y billetes de euro comienza, con el principio de "no compulsión, no prohibición"
que signiica que las personas y empresas tiene libertad para llevar a cabo transacciones
en euros, pero no están obligados a hacerlo.
El
20 junio de 2000 se elabora la Decisión sobre la inclusión de Grecia en la euro
área La
cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno en el Consejo Europeo de Feira deidió
que Grecia había cumplido los criterios de convergencia y que se incorporaría
al euro desde enero de 2001. También se anunció el tipo de conversión del dracma
griego al euro.
El 28 de septiembre de 2000 el referendum danés rechaza la inclusión
en la euro área
Los
daneses votan no a la adopción del euro en un referendum nacional sobre la pertenencia
a la moneda única. · Septiembre de 2001: Precirculación y distribución de billetes
y monedas de euro. Aunque todavía no entran legalmente en circulación, los primeros
billetes y monedas de euro son distribuidos a los bancos y oficinas de correos.
El
1 de enero de 2002 Los billetes y monedas de euro entran en circulación
Alrededor
de 7.80 millones de billetes de euro y 40.000 millones de monedas, aproxi-madamente,
144.000 millones de €, se ponen en circulación por los bancos centrales de los
12 países de la eurozona. El 28 de febrero de 2002: retirada de las divisas
nacionales. La fecha definitiva para el final del status legal de las divisas
nacionales durante el período de cambio (dependiendo de los calendarios de los
planes nacionales de cambio), significa la retirada definitiva de la circulación
de las divisas nacionales. ·
El 14 de septiembre de 2003
se produce el referendum sobre la pertenencia a la zona euro de Suecia. Suecia
vota contra la adhesión a la zona euro
La
tercera etapa se inicia el 1 de enero de 1999. En esta etapa se fijan de forma
irrevocable los tipos de cambio al cual el euro sustituye a las monedas nacionales
y ejercitan plenamente sus funciones el SEBC y el BCE.
Ampliación
de la zona euro
El 1 de enero de 2004 se adhieren 10 nuevos Estados miembrosa la zona euro (República
Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia
y Eslovaquia).
Bulgaria y Rumanía se adhieren a la UE
el 1 de enero de 2007. La eventual adopción de una moneda única forma parte de
uno de los requisitos establecidos en el Tratado.
Estos países,
sin embargo, introducirán el euro tan pronto como hayan cumplido las condiciones
necesarias (especialmente los criterios de convergencia de Maastricht) como establece
el artículo 122.2 del Tratado de la Comunidad Europea.
Eslovenia
fue el primer Estado miembro que forma parte de los nuevos países adheridos
en 2004, que cumplió todos los criterios de convergencia y estaba, por tanto,
habilitado para adoptar el euro. Los billetes y monedas entraron en circulación
en Eslovenia el 1 de enero de 2007. El 1 de enero del 2011 Estonia adopta
como moneda el euro, siendo el último de los países en hacerlo y
sumando ya 17.
|